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Javier Milei busca eliminar la figura del femicidio

El 56% de todos los homicidios de mujeres en el mundo son cometidos por sus parejas íntimas u otros miembros de la familia, mientras que sólo el 11% de todos los homicidios de hombres se cometen en el ámbito privado, según datos de la ONU.

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La semana pasada, el presidente Javier Milei (La Libertad Avanza) participó del Foro Económico Mundial de Davos. Allí, criticó la figura legal del femicidio: “Llegamos al punto de normalizar que en muchos países supuestamente civilizados si uno mata a la mujer se llama femicidio, y eso conlleva una pena más grave que si uno mata a un hombre solo por el sexo de la víctima. Legalizando, de hecho, que la vida de una mujer vale más que la de un hombre”.

Del mismo modo, el ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo Libarona, dijo en su cuenta oficial de X: “Vamos a eliminar la figura del femicidio del Código Penal Argentino. Porque esta administración defiende la igualdad ante la Ley consagrada en nuestra Constitución Nacional. Ninguna vida vale más que otra”.

Por qué se implementó la figura del femicidio 

En Argentina, la Oficina de la Mujer de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) se creó en junio de 2009. “Se propone el desafío de lograr la equidad de género tanto en relación a quienes utilizan el sistema de justicia como para los empleados, funcionarios y magistrados del Poder Judicial”, señalaron desde la CSJN el día de su presentación.

El 4 de junio de 2014, el máximo tribunal le encomendó a la Oficina de la Mujer la elaboración del Primer Registro Nacional de Femicidios de la Justicia Argentina.

“Se carecía de una palabra para expresar la forma más extrema de violencia contra las mujeres, producto de las relaciones inequitativas entre los géneros, por eso, fue necesario acuñar un nuevo término: femicidio. Concebir de esta forma los asesinatos de mujeres por razones de género permite una comprensión más profunda del fenómeno y sus causas, entre ellas un componente social que pone el eje en el hecho de que todas las expresiones de violencia contra las mujeres están arraigadas en construcciones de poder que ordenan las relaciones sociales entre hombres y mujeres”, explicó la CSJN en el primer informe elaborado en 2014.

Según el documento “Asesinatos de mujeres y niñas por razones de género (femicidio/feminicidio)” de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), si bien el 81% de los homicidios en todo el mundo se cometen contra varones y niños, las mujeres y las niñas se ven afectadas por la violencia homicida en el ámbito privado.

“Aproximadamente el 56% de todos los homicidios de mujeres son cometidos por sus parejas íntimas u otros miembros de la familia, mientras que sólo el 11% de todos los homicidios de hombres se cometen en el ámbito privado”, señala el informe.

Consultada por Chequeado, Natalia Gherardi, directora del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), señaló: “Los datos de homicidios muestran que, si bien los hombres son la mayoría de las víctimas en las muertes violentas (8 de cada 10), la forma, las circunstancias y los perpetradores respecto de las víctimas mujeres son muy diferentes. A los hombres los matan personas desconocidas en espacios públicos, y a las mujeres las matan personas de su entorno en sus hogares”.

Para Gherardi, “no existe en la Argentina un privilegio para las mujeres. La pena por homicidio es la misma, de 8 a 25 años. Cuando se da entre personas vinculadas, se aplica independientemente del sexo de la persona agresora y agredida”.

Consultado por los dichos del Milei, el presidente del Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, Ricardo Gil Lavedra, explicó: “Lo que se hace es castigar con mayor severidad cuando esto se produce en un contexto de violencia de género respecto de la mujer. Esto tiene que ver con la cantidad de hechos. En Argentina, prácticamente tenemos un femicidio por día; y la mayor severidad es no solamente para castigar el hecho pasado, sino también para prevenir los hechos futuros, como cualquier sanción penal”.

Por su parte, Félix Lonigro, abogado constitucionalista, señaló en una entrevista con CNN radio: “Hay que ver qué es lo que el gobierno quiere eliminar, qué manda al Congreso. Me parece bien que el homicidio sea homicidio -queremos llamarlo femicidio o androcidio, llamémoslo como queramos- pero que el homicidio exista, esté castigado y que esté agravado en determinadas circunstancias. Si una de las circunstancias es la violencia de género, está bien. Pero no me parece bien cuando es cometido de un varón hacia una mujer en el marco de la violencia de género y no de una mujer hacia un varón en el marco de la violencia de género”.

La Argentina es parte de los principales tratados internacionales en materia de los derechos de las mujeres. La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer establece el desarrollo de mecanismos de protección y defensa de los derechos de las mujeres. Y solicita a los Estados adoptar medidas legislativas de índole penal que “sean necesarias para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres”

Por su parte, las recomendaciones del Comité para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) señalan: “El derecho de las mujeres a una vida libre de violencia por razón de género es indivisible e interdependiente respecto de otros derechos humanos”.

Además de la Argentina, todos los países de América Latina -excepto Cuba y Haiti-, aprobaron leyes que penalizan el femicidio/feminicidio.

“Hoy, más de una docena de países de América Latina aprobaron reformas en sus códigos penales para crear la figura penal del femicidio o feminicidio, que definen de maneras similares pero no del todo coincidentes”, señaló Gherardi.

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