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PGR: “Quien otorgó, modifica u ordena levantamiento del archivo de medidas cautelares, es la CIDH

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Tegucigalpa. – La Procuraduría General de la República (PGR), mediante un comunicado, aclaró este jueves que la solicitud de levantar 14 medidas cautelares en el país, está siendo analizada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), de la Organización de Estados Americanos (OEA).

El comunicado destaca que, en seguimiento al Programa Especial de Reducción del Atraso Procesal, la CIDH adoptó medidas para dar respuesta oportuna y eficaz a los peticionarios y a los Estados, entre estas se destacan, la política de archivo y desactivación definitiva de peticiones, la sistematización de criterios, la revisión de portafolio de casos con los Estados y la construcción de estrategias de país.

En ese sentido, habiéndose conformado criterios en respuesta a los listados recibidos de parte de la CIDH, el 28 de agosto de 2020, se les remitió una lista que incluye la solicitud de levantamiento de 14 medidas cautelares, el archivo de cuatro casos y dos peticiones, así como otros temas que serán objeto de estudio y resolución de parte de la CIDH de conformidad a la normativa aplicable.

Aclara que esa institución rige el funcionamiento en el marco de su competencia, bajo los principios de legalidad, igualdad, objetividad e imparcialidad, siguiendo el procedimiento de ley establecido, sin apartarse de la promoción y respeto a los derechos humanos.

Refiere que la CIDH es un órgano autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA), que tiene las funciones principales de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos.

“En seguimiento al Programa Especial de Reducción del Atraso Procesal, la CIDH adoptó medidas para dar respuesta oportuna y eficaz a los peticionarios y a los Estados, entre estas se destacan, la política de archivo y desactivación definitiva de peticiones, la sistematización de criterios, la revisión de portafolio de casos con los Estados y la construcción de estrategias de país”, esgrime la PGR.

Al efecto, habiéndose conformado criterios en respuesta a los listados recibidos de parte de la CIDH, el 28 de agosto de 2020, se les remitió una lista que incluye la solicitud de levantamiento de 14 medidas cautelares, el archivo de cuatro casos y dos peticiones, así como otros temas que serán objeto de estudio y resolución de parte de la CIDH de conformidad a la normativa aplicable, reitera.

“Es importante aclarar que, quien otorga, evalúa, modifica u ordena el levantamiento del archivo de las medidas cautelares, es la CIDH, tal como lo establece el artículo 25 de su reglamento. Por ello los Estados no están facultados para suspender, modificar o archivar las medidas cautelares, estando obligados únicamente a dar cumplimiento a las resoluciones que emita la CIDH en la esfera de sus atribuciones.

Dicho lo anterior, el Estado de Honduras acata las resoluciones emanadas del Sistema Interamericano de Derechos Humanos, por tanto, atenderá lo que se resuelva oportunamente, puntualiza el documento.

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