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Tegucigalpa

Amparo interpuesto por defensa de JOH, ni siquiera dilatará el proceso de entrega, según penalista

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Tegucigalpa – El abogado penalista Marlon Duarte, consideró que el último recurso de amparo interpuesto por la defensa del expresidente Juan Orlando Hernández, ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ), no procede jurídicamente, y ni siquiera servirá para dilatar el proceso de entrega del extraditable a Estados Unidos.

En ese sentido, dijo que el derecho a petición lo tiene todo hondureño, no obstante, dijo “en mi opinión, no cabe recurso alguno en contra de las resoluciones en materia penal”.

Duarte explicó que el pleno de la CSJ, es la última instancia, y el Auto Acordado tampoco admite otro recurso.

En ese sentido, a criterio de Duarte, ese recurso más bien se conocerá cuando el expresidente ya este entregado a las autoridades del Estado requirente.

“Seguramente la resolución en torno a la acción de amparo se conocerá cuando ya el ex presidente Juan Orlando Hernández se encuentre en Estados Unidos”, indicó.

El abogado Duarte, fue más allá y dijo que quizá la defensa pensó en dilatar el proceso, sin embargo, ese recurso ya no es válido ni siquiera para ese tipo de dilatorias, ya que la decisión del pleno de la CSJ, ha sido emitida y no hay marcha atrás, concluyó.

Por su parte, el abogado Raúl Suazo, explicó que el recurso de amparo es una acción que se interpone siempre y cuando se considere que hay violación a derechos y garantías constitucionales.

Detalló que una vez presentado el recurso o acción de amparo, la obligación de la Corte Suprema de Justicia es darle trámite.

El experto en temas de extradición dijo que el pleno de magistrados ya conoció el recurso de apelación también interpuesto por la defensa de Hernández, por lo tanto, se tendría que convocar a los magistrados suplentes que desempeñarán el papel de la Sala de lo Constitucional para recibir el escrito y pronunciarse sobre si es o no admisible la acción de amparo.

“La ley establece cuando no es admisible una acción de amparo y una de las posibilidades es cuando se alegan violaciones de mera legalidad y otra es cuando examinan los antecedentes y se constata en forma manifiesta que la acción tiene por objeto la dilación del proceso, o sea, retrasar el proceso de extradición”, subrayó.

Suazo refirió que el tratado de extradición claramente establece que contra la resolución del máximo tribunal no habrá recurso alguno, pero señaló que es obvio que esta acción de amparo será declarada inadmisible por la Sala de lo Constitucional de la CSJ.

Se conoció que, la entrega del exgobernante no se demorará mucho, porque se entiende que más bien ya está la logística para su traslado y solo se esperan que se concreten algunos trámites administrativos para que se concrete el proceso.

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