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“Medios de comunicación y periodistas no deben ser objeto de reproche penal”: CSJ sobre el caso Hermes

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Tegucigalpa. – Tres magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) por unanimidad de votos ratificaron la libertad condicional para los 11 imputados en el juicio conocido como “Hermes”, ligados a publicidad que se pagó desde Casa Presidencial en el anterior gobierno.

En ese sentido, dejaron en claro que los medios de comunicación y los periodistas mencionados en la trama judicial “no deben ser objeto de reproche penal, ni tienen relación directa ni indirecta” en el caso.

La resolución de 24 páginas que fue dada a conocer por La Tribuna, ha sido firmada por los magistrados Rolando Argueta, presidente de la CSJ; Edgardo Cáceres Castellanos y Alma Guzmán, bajo el expediente VP 27-2021 del 22 de abril del 2022 y notificada a las partes la semana pasada.

Los tres togados actuaron como jueces de la Corte de Apelaciones natural nombrada por el pleno de la CSJ para conocer una apelación de los imputados que pedían la exoneración total de las medidas cautelares que les impuso el 17 de junio del 2021 el también magistrado del máximo tribunal de justicia, Wilfredo Méndez, nombrado como juez natural cuando el caso fue judicializado por el director de la Unidad Fiscal contra Redes de Corrupción (Uferco), Luis Javier Santos, con el sobrenombre de “Hermes”.

En su veredicto, los tres magistrados han ratificado la carta de libertad provisional para cuatro de ellos, acusados de encubrimiento agravado, (Gloria Vargas, Mario Villanueva, Gudit Muñoz y José Antonio Galdámez), el resto debe seguir defendiéndose en libertad, tres de ellos bajo el cargo de lavado de activos (Karol Alvarado y los hermanos Claudia y Norman Noriega) y cuatro por malversación de caudales públicos por cambio de destino y fraude (Pedro Pineda, ya fallecido, Axel Huete, Harvis Herrera y Lesly Funes).

De estos imputados, con excepción de los hermanos Noriega, todos fueron funcionarios públicos de la Casa Presidencial y fueron imputados por la Uferco en el marco de una investigación contra la empresa AID, que manejó una partida del gobierno destinada al pago de publicidad entre el 2014 y 2016.

Los tres magistrados de la CSJ plasmaron en su resolución que el caso “Hermes” se contrae a la responsabilidad de los exfuncionarios de Casa Presidencial en la contratación sin licitación de los servicios de la empresa AID y un posible contubernio con los socios de esta compañía en el manejo irregular de los fondos públicos.

“Para efectos de imputación penal, dice el tribunal de alzada, tendríamos que hacernos las siguientes preguntas: ¿Qué tipos de actos preparatorios o de conspiración relacionados a defraudar al Estado bajo la ficción jurídica de una contratación directa para publicidad, realizaron las personas naturales o jurídicas que contrató AID para proporcionar dicho servicio? ¿Tenían conocimiento previo para saber qué tipo de contratación entre AID y el Estado? ¿Qué fuentes de prueba pudiesen hacer inferir que las personas que contrató AID tenían pleno conocimiento del supuesto concierto previo entre los funcionarios públicos acusados con los representantes de la empresa AID y los imputados?”, señalaron en la resolución.

“Frente a estas interrogantes”, continúan los magistrados juzgadores, “debemos señalar que los medios de comunicación terciarios u otras personas naturales que se dedican a la difusión de la publicidad no tienen dominio de la acción sobre el concierto previo que fue realizado por la imputada con los funcionarios, ni tienen una relación directa ni indirecta sobre el tipo de contratación que se elaboró por los funcionarios públicos aludidos”, añadieron.

Asimismo, advirtieron “que estos medios de comunicación y personas naturales no tienen un dominio de ejecución sobre esa actividad, por lo tanto, dichos medios y personas naturales no deben ser objeto de reproche penal, frente al contubernio entre servidores estatales y la empresa AID”.

De acuerdo con las investigaciones de la Unidad Fiscal Especial contra Redes de Corrupción (Uferco) a inicios del 2014, la fallecida ministra de Comunicaciones y Estrategia, Hilda Hernández, solicitó a la Secretaría de Gestión Financiera de Casa Presidencial la contratación directa de la empresa Servicios e Inversiones (AID) para la prestación del servicio de manejo en la entrega de publicidad a medios de comunicación y periodistas independientes por más de 98.3 millones de lempiras.

Sin embargo, el total de fondos acreditados a la empresa AID fue de 122.1 millones de lempiras, cantidad que sobrepasa en más de 49 millones los fondos que fueron aprobados desde Casa Presidencial para el rubro de la publicidad y propaganda, la cual no logró ser detallada según el requerimiento fiscal.

La Fiscalía presentó en ese entonces, requerimiento fiscal contra 11 personas vinculadas a este caso:

1) Pedro Alexander Pineda Díaz, (Secretario de Estado de Gestión Financiera de Casa Presidencial) por considerarlo autor de 43 delitos de violación de los deberes de los funcionarios; un delito de malversación de caudales públicos por cambio de destino y 43 delitos de fraude; todos en perjuicio de la administración pública.

2) Harvis Edulfo Herrera Carballo; (gerente administrativo de Casa Presidencial) por considerarlo autor de 43 delitos de violación de los deberes de los funcionarios; un delito de malversación de caudales públicos por cambio de destino; 43 delitos de fraude; y 50 delitos de malversación de caudales públicos; todos en perjuicio de la administración pública.

3) Lesly Mireya Fúnez Sierra, (contadora general de Casa Presidencial) por considerarla autora de 43 delitos de violación de los deberes de los funcionarios; coautora de 43 delitos de fraude; y 53 delitos de malversación de caudales públicos; todos en perjuicio de la administración pública.

4) Axel Eduardo Huete González, (gerente administrativo de Casa Presidencial) por considerarlo autor de tres delitos de violación de los deberes de los funcionarios; tres delitos delitos de fraude; y tres delitos de malversación de caudales públicos; todos en perjuicio de la administración pública.

5) Carol Vanessa Alvarado Izaguirre, por considerarla cómplice necesario de 43 delitos de fraude, en perjuicio de la administración pública; y un delito de lavado de activos en perjuicio de la economía del Estado de Honduras.

6) Claudia Yamilia Noriega Gonzáles, a título de autor de un delito de lavado de activos, en perjuicio de la economía del Estado de Honduras.

7) Norman Guillermo Noriega Rodríguez, a título de autor de un delito de lavado de activos, en perjuicio de la economía del Estado de Honduras.

8) Mario Alberto Villanueva Menjívar, (subjefe de fiscalización presupuestaria del Tribunal Superior de Cuentas) por considerarlo autor del delito de testaferrato en perjuicio de la economía del Estado de Honduras.

9) Gloria Margarita Vargas, a título de autor del delito de encubrimiento agravado en perjuicio de la administración pública.

10) Judit Mariel Muñoz Castañeda, a título de autor del delito de encubrimiento agravado en perjuicio de la administración pública.

11) Julio Antonio Galdámez Fuentes a título de autor del delito de encubrimiento agravado en perjuicio de la administración pública.

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