Tegucigalpa – Nelson Castañeda, representante de la ASJ, confirmó que la organización ya ha recibido una notificación preliminar de la Sala Constitucional, la cual requiere aclaraciones adicionales sobre el recurso presentado.
«Nosotros presentamos un recurso ante la CSJ sobre este mecanismo. La ASJ tiene conocimiento de que el recurso ha recibido un previo a su admisión, donde deberemos resolver algunas dudas que tengan en la Sala Constitucional. Iremos en los próximos días a notificarnos para conocer cuál o en qué consiste ese previo puesto por la Sala», explicó Castañeda.
El fundamento principal del recurso presentado por la ASJ radica en que las prórrogas del estado de excepción carecen de la ratificación obligatoria por parte del Congreso Nacional, un requisito explícito en el artículo 187 de la Constitución de la República.
Según detalló Castañeda, «Este recurso ha sido presentado porque en la Constitución se establece que una medida de estado de excepción se aplica en Consejo de Ministros, se publica, se emite el PCM, pero el mismo obliga en el artículo 187 que ese PCM debe ser ratificado en sesión del Congreso Nacional».
La organización civil argumenta que, de todas las ampliaciones realizadas desde que se implementó el estado de excepción, únicamente una ha cumplido con los requisitos constitucionales. Esto convierte a las otras 18 prórrogas en actos administrativos ilegales que vulneran el marco jurídico nacional, según la interpretación de la ASJ.
Castañeda enfatizó que la falta de ratificación por parte del poder legislativo invalida legalmente la implementación continua del estado de excepción en el país, dejando en entredicho las acciones gubernamentales amparadas bajo este mecanismo.
El recurso presentado por la ASJ abre un importante debate jurídico sobre la constitucionalidad de los estados de excepción prolongados sin el debido control legislativo, situación que podría tener implicaciones significativas para las medidas de seguridad implementadas por el gobierno hondureño.
La Corte Suprema de Justicia deberá ahora estudiar los argumentos presentados por la ASJ, una vez que la organización responda a las aclaraciones solicitadas por la Sala Constitucional, para determinar si procede con la admisión formal del recurso de inconstitucionalidad.