Tegucigalpa – El Congreso Nacional aprobó este viernes mediante sesión virtual y con dispensa de dos debates, un decreto orientado a autorizar a la Secretaría de Finanzas (Sefin), para colocar un bono soberano de hasta 850 millones de dólares en el mercado de capitales internacional.
Se autoriza al Poder Ejecutivo, para que a través de la Secretaría de Finanzas emita bonos soberanos de la República de Honduras en el mercado de capitales internacional hasta por un monto máximo de hasta 850 millones de dólares a las condiciones financieras que obtenga al momento de su negociación, cita el artículo uno del decreto.
Explica que los recursos colocados serán destinados a financiar las asignaciones presupuestarias que se establezcan en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos del ejercicio fiscal 2021, el pago de deuda flotante y otros requerimientos que fueran necesarios para cubrir el déficit fiscal, incluyendo el pago de costos asociados a la emisión, primas o descuentos.
La emisión y colocación de los bonos soberanos externos se realizará de acuerdo con las prácticas internacionales y la legislación del lugar donde se registren los bonos, para lo cual se faculta a la Secretaría de Finanzas a contratar directamente.
La contratación incluye siguientes servicios: uno o más bancos de inversión especializados en la estructuración, comercialización, fijación de precios y colocación de bonos soberanos externos, firmas de corretajes, asesores, firmas de asesoría financiera y/o legal nacionales y/o internacionales y empresas de impresión de la circular de oferta.
Asimismo, uno o más bancos que provean los servicios de agente fiscal, fideicomisario, fiduciario, agente de custodia, agente de cambio, agente de información, agente de cierre, registrador y pagador, entidades de registro legal, los mercados de valores que listarán la operación, firmas de calificación de riesgo y plataforma y servicios financieros Bloomberg, por un término máximo igual al vencimiento de los bonos.
Además, queda autorizada para identificar y asignar los recursos necesarios para el pago de dichos servicios. La Procuraduría General de la República (PGR) emitirá las opiniones que se requieran en los contratos que se firmen en el proceso de emisión de los bonos soberanos externos, según los formatos de esos contratos.
Establece que el servicio de la deuda pública, así como los pagos por servicios prestados, no estarán sujetos al pago de toda clase de tributos, impuestos, derechos, tasas, recargos, arbitrios, honorarios o contribuciones públicas, durante el plazo o término que duren los contratos y en el caso de los inversionistas de bonos, mientras sean tenedores de los mismos.
No obstante, lo anterior, las personas naturales o jurídicas residentes en el país, estarán sujetas a cumplir con las obligaciones fiscales, formales y materiales, que determinan las leyes vigentes en Honduras.
En el artículo dos del decreto, se autoriza a la Secretaría de Finanzas crear las partidas presupuestarias de ingresos y gastos necesarios en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el registro de las operaciones autorizadas en este decreto y en cada ejercicio fiscal durante la vigencia de las obligaciones, para realizar los pagos correspondientes por servicio de deuda, así como los pagos por servicios prestados enunciados en este decreto.