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Con más de 120 votos CN aprueba primeros artículos de ley especial para nuevos órganos electorales

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Tegucigalpa. – Con 122 votos a favor el Congreso Nacional de Honduras, aprobó este miércoles los primeros 20 artículos de la ley especial que servirá para elegir a los miembros de los dos nuevos órganos electorales.

Se trata de la Ley Especial para la Selección y Nombramiento de Autoridades Electorales del Consejo Nacional Electoral (CNE), y Tribunal de Justicia Electoral (TJE), con sus atribuciones, competencias y prohibiciones, iniciativa que se está discutiendo en un solo debate luego de dispensarle dos debates por lo que se espera que mañana jueves quedé completamente aprobada. 

Fue precisamente el presidente de la Cámara Legislativa, Mauricio Oliva, quien retiró el proyecto que él presentó en la sesión del martes y se adhirió al dictamen elaborado por la comisión especial multipartidaria que presidente el diputado de Libertad y Refundación (Libre), Jari Dixon.

Asimismo, Oliva presentó moción para la dispensa de dos debates, aprobado por ende se discute en su único debate.

Se aprobaron los primeros 20 de los 44 artículos que conforman la ley.

Según la ley especial, el CNE y el TJE deberán estar integrados por tres magistrados con las facultades que la Constitución y la ley le otorgan.

Por amplia mayoría, el Congreso Nacional, inició la aprobación de la Ley Especial para la Selección y Nombramiento de Autoridades Electorales y Atribuciones, Competencias y Prohibiciones, que define el mecanismo para escoger las autoridades del Consejo Nacional Electoral (CNE) y Tribunal de Justicia Electoral (TJE).

Oliva manifestó que esta iniciativa de ley determina, el espíritu y las pautas de acción del nuevo sistema electoral planteado en la reforma constitucional ratificada en este año 2019.

Oliva especificó que este nuevo órgano electoral deberá “fortalecer la organización y funcionamiento de los partidos políticos, así como desarrollar en forma eficiente y transparente los procesos electorales, y la celebración de plebiscitos y referéndums”. 

De acuerdo con el decreto, el CNE estará integrado por tres consejeros propietarios y dos consejeros suplentes. 

Los funcionarios del organismo electoral “deberán ser electos por el voto afirmativo de los dos tercios de la totalidad de los miembros del Congreso Nacional, por un período de cinco años, pudiendo ser reelectos”. 

El CNE tiene como responsabilidad de emitir los reglamentos necesarios para los procesos electorales, ya sea en sondeos de opinión, así como de los centros de información electoral, y voto en el exterior. 

Entre los requisitos para ser consejero del CNE se requiere:

•     Ser hondureño por nacimiento.

•     Ser mayor de 30 años.

•     Poseer título universitario.

•     Ser de reconocida idoneidad, y

•     Estar en el pleno ejercicio de sus derechos civiles.

Asimismo, no podrán ser miembros integrantes del CNE:

•    Quienes tengan vínculo de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad entre sí;

•    Quienes tengan vínculo de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con el Presidente de la República y designados a la Presidencia de la República; 

•    Quienes al momento de ser electos estén nominados u ostenten cargos de elección popular; y,

•    Quienes hayan ejercido cargo de elección popular en los dos últimos periodos.

Por su lado, el TJE, es uno de los órganos que se creó a inicios del 2019, por lo que el decreto establece que “es la máxima autoridad en materia de justicia electoral”. 

Como atribución este órgano tendrá que establecer políticas para que la impartición de justicia electoral se realice de conformidad con los principios de efectividad, prontitud, completitud, gratuidad y de forma expedita, establece el proyecto de ley.

Para ser magistrado del Tribunal de Justicia Electoral, se requiere:

•    Ser hondureño por nacimiento;

•    Ser ciudadano en el goce y ejercicio de sus derechos;

•    Ser abogado con más de diez años de experiencia en el ejercicio profesional;

•     Ser mayor de treinta y cinco años, y;

•     No incurrir en las mismas inhabilidades que se establecen para ser Magistrado de la Corte Suprema de Justicia.

El TJE, deberá realizar una convocatoria para la inscripción de aquellos que quieran optar al cargo de concejal, una vez evaluado el perfil de los funcionarios serán llamados a audiencias públicas por parte del Poder Legislativo y posteriormente ser sometidos a votación.   

La sesión de este jueves está convocada para las 10:00 de la mañana.

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