Tegucigalpa, Honduras – Autoridades judiciales dictaron sentencia condenatoria de cuatro años y seis meses de prisión, más el pago de una multa equivalente a 450 días, contra Carlos Alberto Licona Landa, tras comprobarse su responsabilidad en el delito de explotación ilegal de recursos naturales en su modalidad de captación.
La investigación fue dirigida técnicamente por la Fiscalía Especial de Medio Ambiente (FEMA), a partir de una denuncia presentada por la Unidad Municipal Ambiental de Tatumbla (UMA). Según la acusación, Licona Landa realizaba obras de retención de agua de manera irregular en un terreno de su propiedad, ubicado en el sector conocido como Games, en el municipio de Tatumbla.
Durante las inspecciones de campo realizadas por técnicos ambientales, se identificó una primera estructura de retención perimetral construida con concreto y piedra, con dimensiones de 1.50 metros de ancho por 7.60 metros de largo. En la obra se observaron iniciales grabadas que coincidían con el nombre del procesado.
Además, se detectó una segunda retención de mayores proporciones: 12.70 metros de largo, 2.20 metros de alto y 1.90 metros de profundidad, diseñada para almacenar agua proveniente de la fuente permanente conocida como la quebrada del Murciélago. En el lugar también se encontraron tuberías y mangueras de abastecimiento con diámetros de media y tres cuartos de pulgada, que distribuían el recurso hídrico hacia puntos no especificados, sin que se pudiera determinar su uso final.
El cruce de información con las hojas cartográficas oficiales permitió confirmar que el área intervenida posee la categoría de Zona Forestal Protegida, perteneciente a la subcuenca del río Tatumbla, amparada por el decreto 72 y el acuerdo 04-73.
El dictamen de la Sección Técnico Ambiental de la FEMA concluyó que estas construcciones alteran el flujo natural del agua, generando impactos negativos en la flora y fauna acuática, degradando la calidad del recurso hídrico por acumulación de sedimentos y nutrientes, y modificando el régimen del caudal. Las obras fueron ejecutadas sin la autorización correspondiente de la Municipalidad de Tatumbla.
La investigación también determinó que en la Dirección General de Recursos Hídricos no existe ningún trámite ni proceso de legalización iniciado por el sentenciado para la ejecución de dichas estructuras.
Con esta sentencia, se busca sentar un precedente en la protección de los recursos naturales y el cumplimiento de la normativa ambiental en zonas de especial relevancia ecológica.



