Sala de lo Constitucional admite recurso de inconstitucionalidad contra Ley de Privación de Dominio y OABI

El Partido Liberal interpuso el recurso contra el decreto 27-2010, argumentando que viola el principio de defensa y debido proceso; si se declara inconstitucional, desaparecería la OABI y sus facultades de privación de dominio por origen ilícito.

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Tegucigalpa, M.D.C., Honduras. — La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió este lunes el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Partido Liberal de Honduras (PLH) contra el decreto 27-2010, que dio origen a la Ley de Privación de Dominio y creó la Oficina Administradora de Bienes Incautados (OABI).

El portavoz de la CSJ, Melvin Duarte, detalló que el recurso fue admitido y se interpuso vía excepción en forma total. Los apoderados legales y la representación del Partido Liberal ya presentaron la acción, por lo que ahora corresponde al Ministerio Público emitir su opinión en un plazo de seis días.

Una vez recibida la respuesta fiscal, el expediente regresará a la Sala para que emita su fallo final.

El PLH argumenta que la ley viola garantías constitucionales, particularmente el principio de defensa y el debido proceso contra los imputados.

Según el partido, la normativa permite que un instituto político —que no puede ser sujeto de acción penal— sea perseguido por actos de personas individuales, generando inconstitucionalidad.

De resolverse a favor del Partido Liberal, la sentencia implicaría la nulidad de las facultades de la OABI establecidas por la ley, lo que podría significar la desaparición de la institución y el fin de la privación de dominio por origen ilícito en su forma actual.

La admisión del recurso abre un proceso clave que podría impactar el marco legal de lucha contra la corrupción, el lavado de activos y la administración de bienes incautados en Honduras, en un contexto donde la OABI ha sido señalada tanto por sus logros como por cuestionamientos a su operatividad y transparencia.

El Ministerio Público tiene ahora seis días para pronunciarse antes de que la Sala de lo Constitucional dicte resolución definitiva.

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