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DARA pone a disposición la DEVA que elimina el cobro de formulario

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Tegucigalpa – En el marco del proceso de simplificación y modernización del sistema aduanero y con el objetivo de brindar la facilidad a los obligados tributarios en la automatización de los procesos y procedimientos, la Dirección Adjunta de Rentas Aduaneras (DARA), bajo la coordinación de la Comisión Presidencial de Reforma Integral del Sistema Aduanero y Operadores de Comercio (COPRISAO), implementó a partir del lunes 27 de mayo del presente año, el nuevo módulo de la Declaración Electrónica de Valor en Aduana de las mercancías importadas (DEVA) y la Plataforma Electrónica de Comercio de Honduras (PECH).

  • Los importadores deberán suscribir contrato de Adhesión ante la Administración Aduanera.

El módulo constituye una herramienta para el Registro de la Declaración del Valor Aduanero de las Mercancías Importadas (DVA), que se presenta obligatoriamente en la Declaración Única Centroamericana (DUCA) bajo el régimen de importación definitiva. 

La DEVA a partir de la fecha se llenará de manera digital en el cual el usuario declarará todos los elementos de hecho de una transacción comercial entre un vendedor extranjero y un comprador de mercancías importadas en donde el importador o declarante indicará si además del precio facturado, ha efectuado el pago o se efectuará algún otro pago, si tiene vinculación con el vendedor extranjero, si revertirá directa o indirectamente a este último, alguna parte del producto de la reventa. 

Los obligados tributarios y específicamente los importadores para acceder al portal de la DEVA deberán de suscribir un contrato de adhesión a través de la página www.aduanas.gob.hn en la plataforma Electrónica de Comercio de Honduras (PECH), en donde deberá seguir el procedimiento y adjuntado la siguiente información.

• RTN de la persona Jurídica o del comerciante individual según el caso.
• RTN del representante Legal de la empresa. 
• Escritura de Constitución de la empresa o de comerciante individual según el caso. 
• Documento que conste la representación legal.

Al concluir el proceso se le proporcionara el obligado tributario una clave y contraseña para acceso, de la misma forma se ha estipulado un plazo vigente del 27 de mayo al 28 de junio del presente año para el acceso público de los Obligados Tributarios, al concluir este tiempo si no se han suscrito al contrato de adhesión no podrán tener acceso al portal para el registro de las DEVA, ya que este es un requisito indispensable y forma parte de las exigencias del Ley. 

Con la implementación de la DEVA de manera electrónica se automatiza el proceso y se elimina la versión física y el cobro de la especie fiscal que se realizaba por este formulario.

Durante los meses de febrero, marzo y abril del presente año la DARA inició con el proyecto piloto para la implementación de la DEVA, en cumplimiento al artículo 211 del Reglamento del Código Aduanero Centroamericano (RECAUCA) que estipula “La Declaración del Valor será firmada bajo fe de juramento únicamente por el importador cuando se trate de personas naturales; o por quien ostente la representación legal cuando se trate de una persona jurídica”.

El módulo de la DEVA está disponible a través de la Plataforma Electrónica de Comercio de Honduras (PECH), herramienta que permitirá una comunicación directa entre la DARA y el Obligado Tributario ya que permitirá la recepción o envío de solicitudes, escritos, autos, notificaciones, requerimientos, comunicaciones, resoluciones y cualquier otra actuación ante la Administración Aduanera.

Esta plataforma constituye para el obligado tributario la administración de su propio tiempo sobre diversos procesos tanto administrativos como operativos en la Aduana.

Entre los beneficios que permitirá la DEVA estan;
• Simplificación administrativa.
• Eliminación de papel.
• Eliminación de Especie Fiscal.
• Reducción de Costos.
• Reducción de Tiempos.
• Comunicación directa del Obligado Tributario con la Administración Aduanera.
• Registro directamente por el importador.

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