Tegucigalpa. – El director de la unidad de comunicaciones del Poder Judicial, Melvin Duarte, informó que la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declaró inadmisible un recurso de amparo del expresidenciable Salvador Nasralla, en contra el proceso de enrolamiento para el nuevo Documento de Identificación Nacional (DNI).
Se declaró inadmisible el recurso de amparo interpuesto por Salvador Nasralla a favor de sí mismo contra el enrolamiento realizado por un grupo de activistas políticos del Partido Nacional, Partido Liberal y partido Libertad y Refundación (Libre), integrantes permanentes de la comisión permanente del Registro Nacional de las Personas (RNP).
Indicó que Nasralla alegó que le violentaron los derechos de elegir y ser electo como la supremacía de la Constitución de la República en base que el enrolamiento fue realizado por activistas políticos y corría el riesgo que el proceso fuera partidario.
La Sala de lo Constitucional estableció que el Registro Nacional de las Personas (RNP), realizó actuaciones dentro del ámbito de su competencia e implementar el proceso de enrolamiento, agregó Duarte.
Asimismo, apuntó que la Sala de lo Constitucional no observa que el RNP violenta los derechos que alega el presentador de la televisión.
“Los miembros de la Sala advierten del estudio que se ha hecho la inexistencia de tales violaciones, la autoridad recurrida ha actuado en el ámbito de su competencia y no pudiendo establecerse que se haya vulnerado una garantía constitucional”, señaló.
El proceso de enrolamiento fue para la obtención del nuevo Documento de Identificación Nacional (DNI) y levantar la información para la actualización del censo electoral.