Tegucigalpa – Tras un amplio debate en el seno del Congreso Nacional, al filo de la medianoche del lunes, se aprobó el mecanismo de transparencia y el primer paso de cara a conformar el nuevo Poder Judicial que impartirá la justicia por los próximos siete años al aprobar la nueva la Ley Especial de Organización y Funcionamiento de la Junta Nominadora para la proposición de Candidatos a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ).
La finalidad de la ley es generar la máxima legitimidad, transparencia y confianza en la elección de los magistrados de la CSJ, garantizando la independencia de la futura Corte Suprema respecto a actores políticos, económicos, formales o fácticos, así como evitar la penetración del Poder Judicial por parte de sectores que operan en la ilegalidad.
La nueva ley que consta de 28 artículos y que viene a modernizar y reemplazar la Ley Orgánica de la Junta Nominadora con la que se han propuesto los candidatos de los últimos magistrados de las CSJ desde el 2000.
El pasado sábado se comenzó la aprobación de los primeros 14 artículos, continuando el lunes con la aprobación de los 14 artículos restantes, del que resaltan los requisitos e inhabilidades para auto postularse ante la junta nominadora, contentivo en el artículo 15, el cual representa la parte toral de la nueva normativa.
Según lo aprobado en el seno del Congreso Nacional, la comisión de dictamen vio a bien aceptar la moción del presidente Luis Redondo de eliminar la inhabilidad y no castigar a aquellos abogados que simpatizan por algún partido político, ya que el mismo no lo convierte en un dirigente del mismo.
De igual manera, la comisión de dictamen aceptó la sugerencia del diputado por Olancho y jefe de la bancada del Partido Libertad y Refundación (Libre), Rafael Sarmiento, de eliminar el inciso E del dictamen, por ser inconstitucional.
Aquellos abogados que hayan participado en anteriores juntas nominadoras también podrán postularse, algo que en el dictamen original lo prohibía.
El Congreso Nacional aprobó en las últimas horas y, con mucha polémica, la nueva Ley Especial de Organización y Funcionamiento de la Junta Nominadora para la proposición de candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), dejando el cuestionado artículo 15 para el final de la sesión.
Fue el presidente del Congreso, Luis Redondo, quien determinó suspender la discusión del artículo 15 de la Ley para la Junta Nominadora de magistrados y dejarlo para el final de la sesión, lo que provocó gritos y silbidos de los diputados nacionalistas.
El artículo 15 hace mención a los requisitos mínimos establecidos en el artículo 309 de la Constitución de la República, con los que deben cumplir los aspirantes a magistrados de la CSJ.
En el inicio de la sesión del lunes se aprobaron cuatro artículos, el 16, 17 y 18. El artículo 19 sobre los criterios de selección de la Junta Nominadora, quedó en suspenso porque la comisión especial pidió un compás de espera para poder analizarlo.
No obstante, horas después fue aprobado el artículo 19 sobre los criterios de selección que contiene la matriz de evaluación técnica de la Ley Especial de Organización y funcionamiento de la Junta Nominadora para la proposición de candidatos a Magistrados de la CSJ.
Asimismo, desde el pasado sábado se aprobaron 14 de los 28 artículos que comprende el dictamen para las normativas en la junta de selección.
Cerca de la medianoche, la cuenta oficial de Twitter del Congreso Nacional indicó que ya estaba a punto de aprobarse en su totalidad la Ley de la Junta Nominadora.
“A punto de aprobarse en su totalidad, la Ley de la Junta Nominadora que se encargará de la proposición de los magistrados para la CSJ. En este momento se retoma la discusión del artículo 15 que define los requisitos e inhabilidades para auto postularse ante la Junta Nominadora”, posteó el Congreso.
Minutos después, y ante el disgusto de varios parlamentarios, el Congreso Nacional aprobó la “Ley Especial de Organización y Funcionamiento de la Junta Nominadora para la Proposición de Candidatos a Magistrados de la Corte Suprema De Justicia”.
La Ley fue aprobada con 70 votos a favor, 53 en contra, una abstención y tres que no votaron.
Finalmente, la normativa se aprobó incluyendo el polémico artículo 15, que elimina la prohibición para que funcionarios del Estado puedan aspirar al cargo.
Ahora, la Junta Nominadora deberá de proponer al Congreso Nacional una lista de 45 candidatos, de los que al final se elegirán 15 para componer el pleno de la CSJ.
Reacciones
Varios diputados estuvieron a favor y otros en contra de los cambios realizados a última hora en el artículo 15 de la Ley de la Junta Nominadora.
“Quien pierde es Honduras” afirmó el diputado Carlos Umaña del Partido Salvador de Honduras (PSH) con la aprobación de la Ley de la Junta Nominadora.
Por su parte, la diputada Beatriz Valle llamó “desvergonzados” a los diputados que aprobaron los cambios en la ley.
De su lado, la diputada del PSH, Maribel Espinoza, señaló que “se están cometiendo las mismas atrocidades que muchos criticaban antes”.
“Será que acuerdo es crear caos y seguir con lo mismo”, dijo el diputado liberal, Yuri Sabas, momentos antes de la aprobación.
“Este Congreso le dice a los aproximadamente tres mil abogados y notables, que no quedan excluidos, que pueden aspirar, ya la Junta Nominadora verificará las inhabilidades a su momento”, declaró el diputado Ramón Barrios, una vez iniciada la discusión.
Por su parte, el vicepresidente del Legislativo, Hugo Noé Pino, aseveró que no hay ninguna intención de meter personas que tengan o hayan cometido actos de corrupción y pidió a los Congresistas que se discuta la matriz de evaluación, pues aún faltan muchos artículos para revisar en dicho dictamen.
Novedades de la nueva normativa
Ha sido implementada la aplicación, de parte de la Junta Nominadora, de una matriz de evaluación e instructivos técnicos que garantice que solo los postulantes que cumplan con el perfil de integridad, ética, idoneidad y capacidad sean elegibles como magistrados a la Corte Suprema de Justicia.
Restableciendo así de la confianza en los hondureños en el Poder Judicial, y de los profesionales del derecho, quienes, a pesar de cumplir con los requisitos, se han negado a participar en dichos procesos de selección, influenciados políticamente y desprestigiados desde el momento en que son sometidos a una evaluación sin la observancia de una matriz técnica adecuada.
En las novedades se destaca:
• La nueva Ley de la Junta Nominadora contiene 28 artículos.
• Las instituciones y organizaciones que integran la Junta Nominadora no podrán presentar postulantes.
• La nómina de candidatos propuestos para la CSJ deberán incluir al menos una mujer, como delegada, propietaria o suplente.
• La JN ejecutará una matriz de evaluación técnica elaborada de acuerdo con los estándares internacionales de derechos humanos desarrollados por la Relatoría Especial de Naciones Unidas
• La Secretaría de Transparencia y Lucha contra la Corrupción (STLCC) convocará públicamente a una asamblea de las organizaciones de la sociedad civil debidamente registradas, para la elección de sus representantes
• No podrán integrar la Junta Nominadora quienes sean parte en litigios judiciales activos, o estén siendo investigados por violaciones de derechos humanos, corrupción, lavado de activos y narcotráfico.
• No podrán integrar la Junta Nominadora quienes sean miembros directivos de partidos políticos u ostenten al momento de su designación cargos públicos de elección directa.
El proyecto de ley fue elaborado por la Secretaría de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción que lidera el exfiscal general Edmundo Orellana, con el apoyo de expertos de la oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en Honduras (OACNUDH).