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Finanzas asegura que autorizó fondos a Invest-h, pero no compras

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Tegucigalpa. – La ministra de Finanzas, Rocío Tábora, aceptó la autoría del audio que se filtró en el que instruyó al exdirector de Invest-H, Marco Bográn, las compras de equipos e insumos para atender la emergencia con autorización del Poder Ejecutivo.

En su cuenta de Twitter, indicó que las instrucciones fueron enmarcadas en base a la ley, en el contexto de la pandemia por el Covid-19

“El audio divulgado por varios medios se ampara en lo dispuesto en los artículos 19 y 20 del Decreto 033-2020 aprobado por el Congreso Nacional contentivo de la) Ley de auxilio al sector productivo y los trabajadores ante los efectos de la pandemia de covid-19. Ese es el contexto”, agregó.

https://twitter.com/RocioIzabel/status/1283983979897655297?s=20

En el audio divulgados por una radio nacional se escucha.

“Buenos días querido Marco, mire acabo de hablar con el presidente, yo le propuse que todo lo que son insumos y temas vinculados al tema de salud, todo lo compremos a través de Invest-H y me dijo que sí, porque lo demás es una dispersión y tengo otros fondos externos listos”.

“Uno quiere hacer una cosa, otros otro, lo de los bancos otro, entonces esa es la instrucción del presidente, estoy tocando base con usted y mis dos viceministras están trabando en ver como se articula todo ese desorden de cosas que están y se quieren comprar, pero quería tocar base con usted, pues está es la orientación que me dio el presidente”, se escucha.

“Cuando pueda me avisa, hablamos y lo otro, una vez establecido el plan de adquisiciones y los recursos requeridos y los desembolsos que vamos a estar trabajando, porque hay un grupo entiendo que está trabajando ahora ya en eso, porque eso fue lo que el presidente instruyó, una vez que usted y yo revisemos ese plan le demos lógica, le demos racionalidad y vamos a coordinar, yo voy a coordinar directamente con usted Marco para evitar la dispersión y para poder tener los insumos a tiempo, entonces quedó pendiente de usted, le mando un gran abrazo”, puntualiza la comunicación.

Posteriormente, Tábora emitió un comunicado reiterando lo anterior y que fue “con el propósito de asegurar una mayor agilidad en la implementación de programas para responder de forma inmediata y eficaz a la declaratoria de emergencia sanitaria y lograr desarrollar las actividades propuestas en tiempo y forma”.

Sobre el audio divulgado el jueves 16 de julio a través de Radio América y reproducido por otros medios de comunicación, en la que se difundió el contenido de una llamada entre Tábora y el exdirector ejecutivo de Invest-H, Marco Bográn, Tábora aclaró en un comunicado que ese mensaje está sustentado en lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Ley de Auxilio al Sector Productivo y los Trabajadores ante los efectos de la pandemia de Covid-19 (Decreto legislativo 33-2020); y en la Ley Especial de Aceleración Económica y Protección Social frente a los efectos del coronavirus Covid-19 (Decreto 031-2020 ).

Añade que partiendo de un plan global del gasto e inversión para Atención de la Emergencia ante el Covid-19, y considerando las competencias, capacidades y fortalezas de las instituciones que están trabajando para dar respuesta a la emergencia, el Congreso Nacional aprobó que fueran la Secretaría de Salud, Comisión Permanente de Contingencias (Copeco) e Invest-H las instituciones que manejen los recursos en el marco de la pandemia (Covid-19). Se consideró que por la amplia experiencia en el manejo de los recursos externos fuera Invest-H la entidad que ejecutara tales fondos.

Eso con el propósito de asegurar una mayor agilidad en la implementación de programas para responder de forma inmediata y eficaz a la declaratoria de emergencia sanitaria y lograr desarrollar las actividades propuestas en tiempo y forma.

Apunta que desde el principio de la emergencia por la pandemia del coronavirus, la Secretaría de Finanzas abrió un portal de transparencia para que cualquier persona que así lo requiera tenga acceso a la información sobre la utilización de los fondos para la atención de la emergencia, pero NO es competencia de la Sefin aprobar órdenes de compra, ni participar en ningún proceso o gestión de adquisición, son las unidades ejecutoras las responsables de administrar el presupuesto tal como fue aprobado por el Congreso Nacional. La Tesorería General de la República actúa conforme al artículo 87 de la Ley de Orgánica de Presupuesto, Decreto Legislativo 83-2004.

ARTÍCULO 87.- EMISIÓN DE LA ORDEN DE PAGO. El documento que corresponde a la Orden de Pago será emitido y suscrito, según corresponda, por las Gerencias Administrativas de las Secretarías de Estado o por los responsables en quienes se haya delegado o desconcentrado dicha función. En los demás Organismos del Sector Público comprendidos en el Artículo 2 de la presente Ley será emitida y suscrita por las respectivas organizaciones internas. Solamente se tramitarán las Órdenes de Pago cuyos compromisos hayan sido previa y debidamente aprobados por las autoridades responsables de la administración y dirección de los Órganos Correspondientes. Los Gerentes Administrativos, firmantes de la Orden de Pago, serán los responsables de las erogaciones ante los Organismos Fiscales del Estado.

En el Reglamento de Ejecución de la presente ley se establecerán los criterios básicos que las instituciones deben aplicar en relación con el grado de delegación administrativa. Las Órdenes de Pago que se refieran a obligaciones que deben ser canceladas en el exterior, se emitirán a favor del Banco Central de Honduras. Esta institución al recibir los fondos efectuará el pago correspondiente a favor del beneficiario indicado en la Orden de Pago que para tal efecto le remita la Institución pertinente.

El comunicado destaca que la responsabilidad de monitorear y auditar los fondos erogados y ejecutados para la adquisición de equipos e insumos corresponde a otras instituciones contraloras del Estado como el Tribunal Superior de Cuentas (TSC), y el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP).

En ese sentido, lamentó que al divulgar la llamada se ha producido una invasión a su privacidad y la intimidad de las comunicaciones que no puede ser lesionada al libre albedrío de personas naturales o jurídicas salvo orden judicial con las formalidades legales por un Juez de Garantías Constitucionales, adscrito a un Juzgado Penal Competente a fin de que sean públicas.

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