Guatemala publica reglamento de subsidio a combustibles: Q8 en diésel y Q5 en gasolina

El Acuerdo Gubernativo 64-2026 establece controles en la cadena de comercialización y coordina con la SAT la verificación del apoyo temporal vigente del 1 de mayo al 31 de julio.

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Ciudad de Guatemala, Guatemala.— El subsidio ya tiene reglas claras. El Ministerio de Energía y Minas publicó este lunes 27 de abril el reglamento de la Ley de Apoyo de Emergencia para consumidores de diésel y gasolinas, un instrumento que define los mecanismos de control, verificación y aplicación del descuento directo en el precio final.

El Acuerdo Gubernativo 64-2026 regula toda la cadena de comercialización —importación, almacenamiento, transporte, expendio y consumo— y establece que únicamente podrán optar al apoyo las importadoras registradas ante la Dirección General de Hidrocarburos con anterioridad a la entrada en vigor de la ley. La SAT generará reportes semanales con base en facturas electrónicas para validar el cumplimiento de los requisitos.

El subsidio, de Q8 por galón de diésel y Q5 por galón de gasolina, se aplicará como descuento directo a partir del 1 de mayo y tendrá vigencia hasta el 31 de julio, o hasta que se agoten los recursos. El Estado destinará un promedio de Q22.2 millones diarios para cubrir el apoyo, una medida que busca amortiguar el impacto del alza internacional derivada de la tensión en Oriente Medio.

Para los consumidores, la expectativa es que el descuento se refleje de manera inmediata en las bombas de servicio; para el sector importador, el desafío es cumplir con los nuevos controles sin afectar la disponibilidad de combustible. Mientras inicia la operación del esquema, el mensaje es claro: el subsidio es temporal, y su efectividad dependerá de la coordinación institucional y la transparencia en cada eslabón de la cadena.

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