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Hay parálisis en la Sala de lo Constitucional de la CSJ, según magistrado Luis Padilla

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Tegucigalpa – La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) se encuentra en un estado de parálisis que persistirá debido a la falta de acuerdo entre varios diputados sobre la designación reciente de Rebeca Ráquel Obando como presidenta, afirmó el magistrado Luis Fernando Padilla este viernes.

Padilla enfatizó que tanto él como otros colegas discrepan con la reciente designación de Wagner Vallecillo como coordinador de la Sala de lo Constitucional, argumentando que carece de fundamento constitucional y requiere ratificación por parte del pleno de magistrados para ser aceptada.

“Algunos magistrados no compartimos esa decisión”, señaló Padilla, subrayando que “nos encontramos paralizados ya que no aceptamos esa designación”.

Desde hace varias semanas, la Sala de lo Constitucional ha estado paralizada debido a la falta de reuniones, y la situación persiste con la designación reciente. Los magistrados insisten en que no acatarán la decisión de la presidenta hasta que el pleno la debata y ratifique.

Respecto a la aceptación del nuevo presidente, Padilla declaró que no tienen claridad sobre si Vallecillo ha aceptado o no, pero subrayó la importancia de que la decisión se tome en el pleno para asegurar un proceso democrático y evitar imposiciones.

Padilla reveló que los magistrados intentaron dialogar con la presidenta el miércoles para presentar una propuesta alternativa, pero sus esfuerzos fueron infructuosos. Continúan solicitando la convocatoria del pleno para abordar este asunto crucial y llegar a una decisión consensuada.

Insistió en que solo la presidenta puede hacer la convocatoria del pleno, pero hasta el momento no lo ha hecho.

El magistrado cuestionó por qué no fue él designado y señaló que, aunque la presidenta ha afirmado que esta es una decisión tomada, como magistrados de la CSJ deben tomar una decisión conjunta.

Se basan en los artículos pertinentes del reglamento interno de la CSJ para fundamentar su desacuerdo con esta decisión. El artículo 16 establece que corresponde a la CSJ hacer tales designaciones, mientras que el artículo 33 señala que la derogación del reglamento puede realizarse con la mayoría de la totalidad de sus miembros.

Por lo tanto, están dispuestos a acatar cualquier decisión que se tome, ya sea por mayoría simple o por tres cuartas partes, siempre y cuando se realice con la convocatoria del pleno y con la participación de todos los magistrados de la CSJ en conjunto.

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