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Honduras recorta presupuesto a instituciones para destinar fondos a combatir el Covid-19

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Tegucigalpa. – El gobierno de Honduras aprobó este lunes un decreto ejecutivo orientado a realizar un recorte de dos por ciento al presupuesto de las instituciones del sector público con el fin de reasignar fondos al combate de coronavirus que ya reporta ochos casos confirmados.

Según el decreto, con el propósito de mantener una disciplina presupuestaria acorde con la   Ley   Orgánica   del   Presupuesto   y   con   las   metas   establecidas   en   la   Ley de Responsabilidad   Fiscal   se   instruye   a   la   Secretaría de Finanzas a aplicar en todas las instituciones del Sector Público No Financiero una reducción en sus presupuestos que le permita obtener al menos el dos por ciento del total del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el ejercicio fiscal vigente. Se excluye de esta reducción a los servicios de salud, educación, energía, seguridad y defensa.

Asimismo, la   Secretaría   de   Finanzas queda facultada a realizar todas las operaciones presupuestarias necesarias para la aplicación del presente decreto, excluyendo de esta, las   asignaciones   destinadas, médicos, materiales y productos médicos, alimentos para hospitales y centros, establecimientos penitenciarios y centros de internamiento para menores infractores, así como las demás consideraciones que la Sefin estime pertinente.

No podrán crearse nuevas instituciones ni programas que impliquen un incremento al presupuesto total de la   institución correspondiente,   de  existir   alguna iniciativa de decreto esta deberá cumplir con la Revisión y Análisis de Impacto Fiscal (AIF) que deberá estar adjunto al mismo, así también dicho proyecto de decreto debe establecer   de   forma   específica   y   detallada   la   fuente   de   financiamiento;   lo   anterior previo   a   solicitar   emisión   de  dictamen   por   parte     la   Secretaría  de Finanzas.

Se restringe la creación de nuevas plazas permanentes durante el ejercicio fiscal 2020, exceptuando aquellas originadas de procesos de reestructuración o ampliación de cobertura   que permita lograr mayor eficiencia en la entrega de los servicios prioritarios.

A   partir   de   la   vigencia   del   presente   decreto   no   se   permitirán nombramientos de personal con salarios mayores a los establecidos en los decretos legislativos 17-2010 contentivo de Ley de Fortalecimiento de los Ingresos Equidad Social y Racionalización del Gasto Público para los puestos de dirección y el de 219-2003, Ley de Racionalización de las Finanzas Públicas para el resto del personal.

Se restringe en el año 2020, la compra y arrendamiento de vehículos, así como arrendamiento de nuevos inmuebles por parte de las instituciones del Sector Público   no   Financiero; excepto   aquellos   casos   que   provengan   de     financiamiento externo. Lo anterior no aplica a los servicios vinculados a salud, educación, seguridad y defensa.

Se prohíbe en el ejercicio fiscal 2020 a todas las instituciones que se trasladarán al Centro Cívico Gubernamental realizar compra de mobiliario y equipo de oficina; para el resto de instituciones se restringe este tipo de adquisiciones en tanto la Dirección   Nacional   de   Bienes   del   Estado   realiza   las   revisiones   y   reasignaciones correspondientes para los traslados de bienes con base al decreto ejecutivo PCM 047-2015 y su reglamento contenido en el acuerdo ejecutivo 226-2017.

Las   instituciones   del   Sector   Público   no   Financiero   realizarán la reprogramación física y financiera de sus objetivos, resultados y metas ajustando su presupuesto, Plan Operativo y Plan Anual de Compras y Contrataciones.

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