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Luis Redondo expone sus argumentos y defiende que junta directiva del Congreso Nacional es legal

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Tegucigalpa – El presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, presentó en las últimas horas un informe en el que expuso sus argumentos sobre la legalidad de la junta directiva del Legislativo, que fue juramentada entre polémicas y señalamientos de varios sectores el 23 de enero del 2022 y que, desde la fecha, ha generado múltiples opiniones.

El documento consta de 43 páginas y lo tituló “La verdad sobre la legalidad constitucional de la junta directiva del Congreso Nacional de Honduras – Desenmascarando la estrategia de los grupos de poder económicos y políticos para desestabilizar el Congreso Nacional”.

En el extenso documento expone que en la sesión preparatoria que se celebró el 21 de enero del 2022, tal como ordena la Constitución de la República, quedaron evidenciadas las actuaciones “no apegadas a derecho” por parte de Leonel Ayala, siendo en aquel entonces ministro de Gobernación, Justicia y Descentralización.

Redondo consideró que Ayala no respetó, no cumplió y violentó el procedimiento establecido en varios artículos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo para celebrar la sesión que por ley estaba obligado a celebrar, respetando la Constitución, el debido proceso y el principio de legalidad.

Seguidamente, en cinco argumentos, Redondo expuso porqué varios sectores políticos y económicos buscan desestabilizar a la junta directiva del Congreso Nacional, que, a su criterio se eligió de manera legítima, apegado a la Constitución de la República y la Ley Orgánica del Legislativo.

En primer lugar, según Redondo, la oposición se cuestiona: ¿Cómo queda jurídicamente el hecho que en el acto de la toma de posesión de la presidenta Xiomara Castro, una juez de la Corte Suprema de Justicia (CJS) haya sido la autoridad que recibió su promesa de ley, en presencia del presidente del Congreso Nacional?

Respondiendo que “esa acción no le quita la legalidad al presidente del Congreso Nacional”, ya que la legalidad de la presidenta Castro no se la otorga ese acto, sino que “la legalidad fue otorgada con anterioridad por el Consejo Nacional Electoral (CNE)”.

En su segundo argumento, cuestiona que la moción presentada por la diputada Beatriz Valle para elegir una junta directiva provisional, donde supuestamente acompañó la moción con 84 firmas, fue la votación más concurrida de la historia.

Sin embargo, responde que es “falso”, puesto que ese tipo de voto por escrito debe ser aprobado previamente por el pleno de diputados, para que pueda tener validez como voto, y no se hizo. E incluso, no se logró realizar la votación de la moción con los supuestos 84 votos.

Otro argumento de la oposición, es que la Constitución establece que la junta directiva solo se puede elegir con el voto de diputados propietarios, por lo que no se tenían los votos para la elección de la junta del Congreso.

No obstante, Redondo aseguró de igual manera, que eso es falso, pues “ningún artículo de la Constitución establece o exige, que para elegir una junta provisional y la junta directiva en propiedad del Legislativo, se debe elegir únicamente con los votos de los diputados propietarios”.

En su argumento número cuatro, según Luis Redondo la oposición expone: “No se cumplieron todos los requisitos procedimentales y formalidades exigidas taxativamente por la Constitución de la República”.

A ello, responde asegurando que los que realizan esta afirmación “nunca han expuesto, no razonan, no argumentan, ni constitucional, ni legalmente, estas aseveraciones”, ya que solo porque lo digan y lo mencionen no significa que han argumentado con razonamientos técnicos ni jurídicos.

Por último, Redondo expone: “¿Qué no tiene legalidad la junta directiva del Congreso Nacional porque no fue juramentada por el secretario de Gobernación, Leonel Ayala?”.

Responde: “La Constitución no establece, ni manda o regula en ningún artículo o precepto constitucional que deba ser el secretario de Gobernación quien reciba la promesa de ley, mejor conocida como la juramentación de la junta directiva provisional”, ya que esto lo regula la Ley Orgánica del Congreso Nacional.

El archivo incluye bitácoras de sesiones parlamentarias, la lista de asistencia a votación de la junta directiva del presidente, y la publicación en el diario La Gaceta, además de las firmas de los diputados que aprobaron la integración de la junta directiva de Redondo.

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