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«Ninguna persona puede apoderarse de un espacio jurídico que no le corresponde», advierte magistrada Bustillo

La titular de la Sala de lo Constitucional reafirmó que solo la CSJ es intérprete de la Carta Magna y que el CNE no está obligado a cumplir lo exigido por Luis Redondo, mientras garantiza a los hondureños que pueden "descansar tranquilos" sobre la alternancia en el poder.

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Tegucigalpa, Honduras. – La magistrada Isbela Bustillo lanzó este lunes una advertencia constitucional contundente al señalar que «ninguna persona puede apoderarse de un espacio jurídico que no le corresponde», en clara referencia al decreto 58-2025 impulsado por el presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, que ordena un recuento de todas las actas de las elecciones generales.

La titular de la Sala de lo Constitucional reafirmó que el único intérprete de la Constitución de la República es la Corte Suprema de Justicia (CSJ) y que ninguna persona natural, política o jurídica puede hacer interpretaciones particulares de la Carta Magna.

«El artículo 184 y 316 de la Constitución, estamos obligados a respetar, ninguna persona puede apoderarse de un espacio jurídico que no le corresponde», expresó categóricamente Bustillo en declaraciones al noticiero TN5 Estelar.

La magistrada fue clara al manifestar que el CNE no está obligado a cumplir lo exigido por el presidente del Congreso Nacional, Luis Redondo, reafirmando la autonomía del órgano electoral frente a las presiones del Poder Legislativo.

Bustillo envió un mensaje tranquilizador a la población hondureña al destacar que uno de los principios democráticos es la alternancia en el poder para evitar que alguien se apropie del mismo. «Los hondureños pueden descansar tranquilos«, enfatizó la magistrada.

La funcionaria judicial remarcó que es el Consejo Nacional Electoral (CNE) el encargado de dar la declaratoria oficial de un proceso electoral, y que todos los ciudadanos están obligados a respetar esa determinación del órgano constitucional competente.

Bustillo enfatizó que la Sala de lo Constitucional no puede hacer más allá que lo que atribuye la Constitución de la República, que es juzgar, estableciendo claramente los límites de la función judicial en el marco del Estado de Derecho.

Este lunes, la Sala de lo Constitucional admitió la mayoría de los recursos, sin suspensión del acto reclamado, en contra del decreto 58-2025 que ordena un recuento de todas las actas de las elecciones generales, lo que significa que el decreto técnicamente continúa vigente mientras la Corte resuelve el fondo de los casos.

Las declaraciones de la magistrada Bustillo representan una advertencia directa a quienes pretenden usar instrumentos jurídicos para desconocer los resultados electorales del 30 de noviembre, reafirmando que el orden constitucional debe ser respetado por todas las instancias del Estado.

La posición de la Sala de lo Constitucional cobra especial relevancia en un momento de tensión política previo al traspaso de gobierno programado para el 27 de enero, cuando la alternancia en el poder se concretará con la toma de posesión del presidente electo Nasry Asfura.

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