24.4 C
Tegucigalpa

Nombramiento de seis magistrados suplentes calificado como inconstitucional con advertencia de repercusiones

Lo más reciente

Tegucigalpa – La orden de designación de seis magistrados suplentes de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) fue calificada de “inconstitucional” por el abogado hondureño Mario Castro porque requiere reforma en el Poder Legislativo durante la presente legislatura y aprobación en la siguiente.

El procurador enfatizó que el auto acordado, que aprobaron los nuevos 15 magistrados, tendrá impacto porque los procuradores interpondrán recursos por inconstitucionalidad en la Sala Constitucional de la CSJ.

Gabriela Castellanos, directora ejecutiva del Consejo Nacional Anticorrupción (CNA), expresó su descontento con la designación de los magistrados suplentes de la nueva Corte Suprema de Justicia (CSJ).

En la madrugada de este viernes, Castellanos brindó un análisis. “La nueva Corte Suprema de Justicia comienza a pagar el pacto político: crear sustitutos para maniobras a la sombra de la justicia”.

El nombramiento de seis magistrados suplentes fue aprobado en la primera sesión plenaria de la madrugada del Congreso Nacional el viernes siguiente a la elección de la CSJ.

Jueces en sustitución de:

Partido nacional: Luis Alonso Discua Cerrato y Marvin Rigoberto Espinal Pinel

Partido Libre: José Ricardo Pineda Medina y Ada Patricia Martínez Linares.

Partido Liberal: Felipe René Speer Lanez y Juan Wilfredo Castellanos Hipp

Los políticos afirmaron que aunque el grupo ya existía, lo que estaban haciendo ahora era integrarlos. Habrá que observar cómo responden más sectores a esto en este sentido.

Se descubrió que el artículo cuarto del Reglamento Interior del Poder Judicial fue modificado por los nuevos magistrados de la Corte Suprema de Justicia (2023-2030) para agregar seis magistrados titulares (conocidos como suplentes), número que no existía antes de ese momento.

Tras ser elegidos la noche anterior por el Congreso Nacional (CN) para el período 2023-2030, los 15 magistrados se reunieron en sesión plenaria en la madrugada de este viernes para realizar las modificaciones al Reglamento Interior de la CSJ.

Uno de los cambios es la adición de cuatro nuevos párrafos al artículo 6 del reglamento, que trata sobre las atribuciones de la CSJ. De acuerdo con estos cuatro nuevos párrafos, una lista de al menos seis magistrados seleccionados de la última lista enviada al Congreso Nacional debe recibir la aprobación de las tres cuartas partes de los miembros (12 de 15).

La reforma establece que “serán llamados a integrarse en orden sucesivo y rotativo al Pleno, pero excepcionalmente a las distintas Salas de la Corte Suprema de Justicia” cuando no esté presente el magistrado “titular”.

El Tribunal también supervisará y aprobará los deberes y derechos de la nueva figura, así como los períodos de prueba y el proceso de nombramiento, así como todos los ascensos, traslados, canjes y bajas de todos los servidores que trabajen para el Poder Judicial.

En la misma línea, el artículo 8 del reglamento establece ahora que los magistrados colegiados podrán sólo será citado a una sala de la CSJ cuando no esté presente el “dueño” y ninguno de los 15 pueda averiguar el motivo.

Al respecto, se indicó en el artículo 15 que se atribuye el recurso de apelación a la presidencia de la CSJ cuando por “impedimento, licencia, o cualquier otro motivo o causa legal, falte un magistrado”.

Finalmente, se modificó el artículo 16 para señalar que “una vez aprobada la integración de las Cámaras, sólo podrán ser modificadas, con el voto de las tres cuartas partes” de los miembros de la CSJ.

spot_img

spot_img
Dale play a Retro Radio

Destacados

La presencia política eclipsa las demandas laborales en esta celebración emblemática del 1 de mayo en Honduras

La marcha del 1 de mayo en Honduras se vio eclipsada por la presencia abrumadora de políticos que aprovecharon el evento para obtener visibilidad mediática.

Noticias relacionados