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Personas naturales con sueldos inferiores a 18 mil lempiras quedan exentas del ISR

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Tegucigalpa. – Un total de 171 mil 580 obligados tributarios estarán exentos del pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR)en el 2022 debido a que la base exenta se incrementó debido al aumento en el índice de precios al consumidor que reportó el Banco Central de Honduras (BCH) fijándola en 5.32 por ciento.

De acuerdo con esa cifra, la tabla progresiva para el cálculo del ISR se ha modificado, según lo establecido en el artículo 22 de la Ley del ISR, quedando establecida para este año una base exenta de 181 mil 274.56 lempiras, abarcando a las personas que tengan salario o ganancias inferiores a 18 mil 439.55 lempiras.

En ese rango, la administración tributaria ha identificado que quedarían exentas de ese pago un total de 171 mil 580 obligados tributarios lo que implica un impacto de 303.9 millones de lempiras que dejará de percibir el fisco.

La directora de Cumplimiento Tributario del Servicio de Administración de Rentas (SAR), Tania Palma, explicó que los obligados tributarios que tienen ingresos superiores a los 18 mil 439.55 deben pagar el ISR conforme a lo establecido en la tabla progresiva de acuerdo a sus ingresos en los siguientes rangos: 172 mil 117.90-262 mil 449.27 están gravados con el 15 por ciento; de 262 mil 449.28-610 mil 347.16 con el 20 por ciento y con ingresos superiores a los 610 mil 347.17 en adelante deberán pagar el 25 por ciento.

La base legal para el cálculo del ISR cada año es el artículo 22 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, establecido en el decreto 20-2016 que reza lo siguiente: “la escala de tabla progresiva será ajustada automáticamente de forma anual a partir del 2017 y se efectuará aplicando las variaciones interanuales del Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Banco Central de Honduras, del año anterior”.

Asimismo, la Ley de Protección al Adulto Mayor (decreto 199-2006) establece una deducción adicional de 30 mil lempiras para este grupo de población.

A su vez, con el decreto 59-2020 se amplía el monto deducible por concepto de gastos médicos para las personas mayores de 65 años a 80 mil lempiras.

Del mismo modo, las personas mayores de 65 años con una renta bruta de hasta 350 mil lempiras están exentas del pago del ISR y se le reconocen hasta 70 mil lempiras de gastos médicos.

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