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Perú establece estado de emergencia en Lima y Callao

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Perú establece estado de emergencia en Lima y Callao

El jueves, el Consejo de Ministros de Perú decretó estado de emergencia por 45 días en Lima y Callao, luego de que el ministro del Interior, Avelino Guillén, hiciera una petición al Consejo para evaluar su factibilidad. La Policía Nacional del Perú (PNP) apoyó la convocatoria ante el aumento de la delincuencia y la inseguridad ciudadana.

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La PNP tendrá una fuerte presencia en las calles y cuenta con efectivos militares y personal administrativo para reforzar el plan de operaciones. El Ministerio del Interior (MININTER) busca cubrir todos los puntos críticos de Lima y desarrollar una lucha coordinada contra la delincuencia.

Habría suspensión de los derechos relativos a la inviolabilidad del domicilio, la libertad de tránsito por el territorio nacional, la libertad de reunión y la libertad de seguridad personal. Durante el Estado de Emergencia, las operaciones policiales serían apoyadas por operaciones de inteligencia.

“Todas las acciones que realizarán el MININTER y la PNP estarán dentro del marco constitucional”, dijo un funcionario del MININTER.

#Perú El miércoles, el Ministerio Público solicitó la pena de 12 años de prisión y la inhabilitación para el cargo público del excongresista Kenji Fujimori por los presuntos delitos de cohecho y tráfico de influencias agravado. pic.twitter.com/4fXTUNOrqT

— MV Inglés (@MV_Eng)
27 de enero de 2022

Según la información difundida por el Observatorio Distrital de Seguridad Ciudadana de Lima, de enero a junio de 2021 hubo 2.517 denuncias por hechos delictivos, lo que representó un incremento del 17,95 por ciento respecto al mismo período del año anterior.

De acuerdo con el artículo 137 de la Constitución Política del Perú, el Poder Ejecutivo puede declarar «Estado de Emergencia» en el territorio nacional en caso de perturbación de la paz o del orden interior, catástrofe o en circunstancias graves que afecten a la Nación.

El Estado de Emergencia no podrá exceder de 60 días. Sin embargo, de continuar la situación que motivó la medida, la Presidencia podrá solicitar una prórroga, la cual no deberá exceder los 30 días.

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