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Tegucigalpa

Diputada propone reforma para permitir entrega del DNI a terceros con validación tecnológica

La iniciativa de Luz Angélica Smith busca modificar la Ley del Registro Nacional de las Personas para flexibilizar el retiro del documento de identidad

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Tegucigalpa, Honduras – La secretaria del Congreso Nacional presentó una propuesta de reforma que permitiría la entrega del DNI a personas autorizadas mediante validación biométrica, además de agilizar el registro de defunciones de hondureños fallecidos en el extranjero.

La secretaria del Congreso Nacional, Luz Angélica Smith, propuso una iniciativa de ley enfocada a validar mediante método tecnológico la entrega del documento nacional de identificación (DNI) a los hondureños. La reforma propone que el reclamo del documento no sea exclusividad del titular y que esta pueda ser entregada a un tercero siguiendo algunos filtros.

Durante la sesión legislativa del miércoles, la diputada del Partido Libertad y Refundación (Libre) planteó que se reforme el artículo 27 numeral 12 de la Ley del Registro Nacional de las Personas.

La iniciativa establece que en el momento de la entrega del DNI a la persona titular, apoderado o representante legal o persona mayor autorizada o designada, se realice una validación biométrica a través del dispositivo tecnológico que disponga el RNP. Asimismo, el personal designado del RNP podrá custodiar y entregar el DNI a la persona solicitante.

Por otro lado, Smith también planteó reformar el artículo 72 de la Ley del Registro Nacional de las Personas orientado a que las inscripciones de las defunciones de los hondureños ocurridos en el extranjero podrán inscribirse ante agentes diplomáticos o consulares quienes remitirán certificación para que el RNP los incorpore en el registro civil del municipio donde está inscrito el nacimiento.

Igualmente, si no se inscribe la defunción de un hondureño en el extranjero ante un agente diplomático, también se puede proceder a inscribirse a petición de la parte interesada ante el RNP con el certificado de defunción debidamente legalizada y emitida por la autoridad del país donde perdió la vida.

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