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Tegucigalpa

Tribunal rechaza querella contra periodista de Radio Cadena Voces por reportaje sobre fondos públicos

Un juez declaró inadmisible la querella interpuesta por el Secretario de Finanzas, Christian David Duarte Chávez, contra el director de Radio Cadena Voces, Dagoberto Rodríguez Coello, al considerar que los hechos denunciados no constituyen delito.

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Tegucigalpa – El Poder Judicial de Honduras informó este miércoles que un juez del Tribunal de Sentencia declaró inadmisible la querella presentada por el Secretario de Finanzas, Christian David Duarte Chávez, contra el director de Radio Cadena Voces, Dagoberto Rodríguez Coello, tras determinar que la acción u omisión denunciada no constituye delito.

Según detalló el comunicado oficial, el juez ordenó la devolución de todos los documentos que acompañaban la querella, los cuales estaban contenidos en el expediente del caso. Asimismo, el tribunal también declaró inadmisible una segunda querella interpuesta contra Rodríguez Coello por el funcionario Salomón Hernández Rodríguez, resolviéndose en términos similares.

Los hechos que originaron la acción legal se remontan al pasado 17 de marzo de 2025, cuando el Departamento de Redacción de Radio Cadena Voces, bajo la dirección de Rodríguez Coello, publicó en su cuenta oficial de la red social «X» un reportaje titulado: «Al descubierto danza de millones de fondos públicos para financiar las elecciones de Libre».

La querella fue promovida directamente por el ministro Duarte, quien argumentó que el contenido del reportaje divulgado por el periodista afectaba su honor e imagen pública. En el escrito presentado ante el Tribunal de Sentencia, el funcionario alegó que las declaraciones difundidas resultaban «ofensivas y carentes de veracidad», motivo por el cual solicitó que se iniciaran acciones penales contra el director del medio, al considerar que se configuraba una conducta punible en su perjuicio.

El comunicado del Poder Judicial destacó que, conforme al artículo 406 del Código Procesal Penal, una querella será declarada inadmisible de plano cuando: 1) notoriamente la acción u omisión no constituya delito; 2) no se pueda proceder por prescripción de la acción o por cualquier otra causa legal; o 3) la querella carezca de alguno de los requisitos exigidos por dicho Código.

Esta resolución judicial representa un importante precedente para la libertad de prensa en Honduras, reforzando el derecho de los medios de comunicación a investigar y publicar información de interés público, particularmente cuando se refiere al manejo de fondos estatales y posibles irregularidades en su administración.

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