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Honduras con baja transparencia en contrato para compra de vacunas anticovid

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Tegucigalpa – Transparencia Internacional (TI), a propuesta de los capítulos de México y de Argentina – Transparencia Mexicana y Poder Ciudadano – en noviembre de 2020 adoptó una resolución para fomentar la transparencia y rendición de cuentas en las vacunas y tratamientos por Covid-19.

En este sentido, Transparencia Mexicana, propuso a través del Grupo sobre Vacunas y Tratamientos de TI, que los capítulos del movimiento pudieran incentivar a la ciudadanía a preguntar a sus gobiernos sobre las vacunas adquiridas y los contratos relacionados.

Asimismo, a hacer una solicitud de acceso a la información a sus gobiernos con miras a contar con los contratos de las vacunas contra el Covid-19 a través de un llamado a la acción global.

Por lo anterior, Transparencia Mexicana tuvo acceso a 39 contratos para adquirir vacunas contra el Covid-19 en el mundo, entre ellos Honduras. Con ello, creó una base de datos de solicitudes de acceso a la información de los contratos, recursos de revisión y de los contratos publicados o filtrados y analizó un total de 11 variables de los contratos por país y por farmacéutica para determinar el nivel de transparencia de los contratos.

Honduras

En ese sentido, en el caso de Honduras, el informe fue presentado por la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ) y los datos muestran que, en la compra para vacunas Sputnik V, según la gráfica publicada, no se encontró información sobre el valor total del contrato, tampoco sobre el techo del contrato y el calendario de entrega.

Sin embargo, Transparencia Internacional si tuvo acceso al precio unitario y los pagos adelantados, así como a la cantidad de vacunas obtenidas.

Sobre si hay, y en qué grado, sanciones por incumplimiento del contrato, en el caso de Honduras con las vacunas Sputnik V, la información fue “considerable”.

La información de quién posee los derechos y los procesos para desarrollar vacunas, fue bastante limitada.

A partir de dicha información, Transparencia Mexicana concluyó que, en el caso de Honduras, obtuvo solo el 27.27 por ciento en transparencia de contratos de las vacunas Sputnik V.

Cabe señalar que, Honduras anunció el 4 de marzo de 2021, la compra de 4.2 millones de dosis de la vacuna Sputnik V a Rusia. Recibió 40 mil en mayo.

La llegada de los fármacos rusos creó mucha incertidumbre entre los hondureños debido a que, a los primeros vacunados, entre mayo y junio, se les dijo que la segunda dosis se les aplicaría un mes después, pero al final las autoridades sanitarias anunciaron que sería tres meses después, por problemas con el plazo de entrega.

Por lo anterior y ante el enorme retraso en la entrega de las mismas, fue hasta en agosto que llegaron las otras 40 mil dosis de la vacuna rusa anticovid Sputnik V, que restaban para completar la segunda dosis a 40 mil personas que habían sido inmunizadas meses atrás.

Alrededor de un mil 011.3 millones de lempiras pagaría el Estado de Honduras para adquirir las 4.2 millones de dosis de vacunas Sputnik V de Rusia, equivalente a 41.7 millones de dólares.

Eso se debe a que cada dosis sería comprada a un precio de 9.95 dólares, es decir, a 241 lempiras, al calcularlo con el tipo de cambio del dólar actual (24.20 lempiras).

Sin embargo, Honduras no volvió a recibir más dosis de este fármaco y la información se volvió más escasa luego que el Congreso Nacional, aprobó en septiembre pasado un decreto que declaró la reserva total de los contratos de compra de vacunas contra el Covid-19, con lo que veda el acceso a esta información por un período de hasta 10 años.

El decreto fue aprobado con dispensa de dos debates en una sesión virtual del Congreso Nacional, sin precisar cuántos de los 128 diputados que integran el poder Legislativo votaron a favor.

Algunos hallazgos del informe en términos generales

Los contratos muestran que las negociaciones beneficiaron a las compañías farmacéuticas y sus afiliados. Los gobiernos no debían revelar información comercial confidencial que pudiera fijar el precio por dosis o disposiciones en materia de indemnización.

En contratos publicados por filtración en el caso de Colombia, el contrato de Pfizer es interesante porque permite ver la información donde el gobierno no puede revelar ninguna de las disposiciones de carácter financiero o sobre indemnización contenidas en el acuerdo, incluido el precio por dosis del producto o cualquier información que pudiera fijar de manera razonable el precio por dosis sin consentimiento previo de Pfizer.

No obstante, Pfizer sí puede revelar información confidencial a sus filiales BioNTech, sin consentimiento previo por escrito del comprador, y a petición de un gobierno extranjero, información financiera relativa a este acuerdo, incluido el costo por dosis.

Las ediciones o el testado de los contratos suelen aplicarse a páginas y secciones enteras, así como la información de interés público importante, como los montos totales pagados y el precio por dosis. El 58.97 por ciento de los contratos no tiene esta información básica en ninguno de los dos temas. Esto resulta de particular importancia para los gobiernos y los Congresos a fin de poder plantear una estrategia presupuestal para años siguientes.

Solo 10.26 por ciento de los 39 contratos analizados cuenta con un techo presupuestal del que no se puede pasar en la compra de vacunas. Asimismo, dado que el 58.97 por ciento de los contratos tiene testada la información sobre precios, no es posible saber si cuenta con información del techo presupuestal o no; además, 30.77 por ciento de los contratos que no se encuentran testados o fueron filtrados sin ediciones, no incluyen la información sobre el techo presupuestal.

Los plazos y cronogramas de entrega es información básica que debería ser pública, no obstante, también se encuentra testada esta información en 74.36 por ciento de los contratos analizados.

El 94.87 por ciento de los contratos analizados cuentan con información sobre la cantidad de vacunas adquiridas. Existen pocos casos en donde esta información está testada. En el caso de México, el contrato con Cansino es de los pocos que tienen esta información testada, aunque la Secretaría de Relaciones Exteriores informó el número de dosis adquiridas en su página electrónica sobre gestión diplomática de las vacunas

En materia de indemnizaciones, regularmente estas cláusulas garantizan la protección del proveedor ante repercusiones legales en caso de que se produzca una reacción adversa a una vacuna. Sin embargo, algunos contratos cubren responsabilidades adicionales. Las cláusulas van mucho más allá y tratan de trasladar el riesgo a los gobiernos nacionales y alejarlo del desarrollador, incluso si el desarrollador o los socios de la cadena de suministro cometen errores. 48.72% de los contratos tiene información substancial sobre temas de indemnización, 35.90 por ciento de los contratos analizados tiene información testada y 15.38 por ciento tiene información parcial al respecto.

En la información adicional relativa a los derechos para la obtención de licencias cuando los gobiernos o terceros actores han contribuido al desarrollo de la vacuna a través del financiamiento o la colaboración directa; se encontró que 56.41 por ciento de los contratos tiene información testada, y 23.08 por ciento de los contratos no testados excluyen la información. Sólo 20.51 por ciento de los contratos analizados tienen información sustancial al respecto.

El 43.59 por ciento de los contratos tienen información testada sobre si los gobiernos pueden enviar vacunas a otros países, por lo que no es posible conocer si se incluye estas cláusulas o no en los contratos. 25.64 por ciento de los contratos sin cláusulas testadas no incluyen esta información. 25.64 por ciento de los contratos incluyen la posibilidad de que los gobiernos puedan enviar vacunas a otros países y en 5.13 por ciento de los contratos, se tiene información parcial al respecto.

El 43.59 por ciento de los contratos incluyen cláusulas sobre penalidades por falta de cumplimiento, 28.21 por ciento tienen cláusulas testadas al respecto, 23.08 por ciento tienen información parcial y 5.13 por ciento no incluyen esta variable.

En materia de propiedad intelectual de las vacunas, el 64.10 por ciento de los contratos contiene la información, siendo la farmacéutica la que cuenta con dicha propiedad en la mayoría de los contratos. En 15.38 por ciento de los contratos la información está testada, en 10.26 por ciento de ellos hay información parcial al respecto, y en un 10.26 por ciento más no hay información relativa a la propiedad intelectual de las vacunas.

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