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PGR presenta fundamentos para llegar a un acuerdo de conciliación con diputada Sara Medina

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Tegucigalpa. – La Procuraduría General de la República (PGR), publicó este miércoles el fundamento para haber llegado a un acuerdo de conciliación con la diputada nacionalista por El Paraíso, Sara Ismelda Medina Galo, en el denominado caso “Fe de Erratas”.

En ese sentido, en referencia a las notas publicadas en varios medios de comunicación, en relación a las medidas desjudicializadoras – conciliación Sara Medina.

La actuación de la PGR viene determinada por su condición de representante legal del Estado, según los artículos 228 de la Constitución de la República y el 17 del Código Procesal Penal, de manera que, le corresponde el ejercicio de las acciones que se derivan de las disposiciones legales citadas, tal y como se ha actuado en otras conciliaciones, sin oposición del Ministerio Público.

El Código Penal vigente establece que, la “fe pública” es el bien jurídico protegido en el tipo penal de “falsificación de documentos públicos”.

De acuerdo al principio de legalidad el Derecho Penal y el Derecho Procesal Penal por sí mismos son una garantía, su interpretación y aplicación no permiten analogías.

El Estado no pierde su carácter de víctima, ni se amplían los bienes jurídicos protegidos si no están comprendidos en la norma procesal, argumenta la PGR.

Añade asimismo que la falsificación de documentos no está comprendido como delito de corrupción en la Convención Interamericana contra la Corrupción, ni la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, y su consideración como tal no debe fundarse en suposiciones no previstas en ley; en consecuencia, la conciliación para el delito de falsificación de documentos públicos, en la forma planteada como resarcimiento para el Estado, podrá ser admitida siempre que cumpla con lo establecido en los artículos 36 y 45 del Código Procesal Penal.

La PGR no desconoce la existencia del acuerdo suscrito con la MACCIH, en cuanto a no aplicar medidas desjudicializadoras por actos de corrupción; no obstante, la interpretación, aplicación y valor jurídico de este acuerdo, debe estar supeditado a la Constitución y a las leyes nacionales, en consonancia con los apartados 7.3 y 8.1.2 del convenio suscrito con la OEA, el 19 de enero de dos 2016, donde se establece que la MACCIH tomará las medidas para la ejecución del mismo, con observancia en lo prescrito en el ordenamiento constitucional y legal hondureño.

La PGR asegura que actúa en estricto apego a la Constitución de la República, bajo el principio de objetividad, ejerciendo las facultades que le confiere la ley, respetando los mandatos de cada órgano constitucional, en el marco de sus competencias, de igual manera, reafirma su compromiso en la lucha contra la impunidad y la corrupción, ejerciendo su mandato de manera autónoma y responsable en la promoción y protección de los intereses del Estado, reconociendo en el derecho penal un medio y no un fin por sí mismo para el mantenimiento del orden social y la realización de justicia.

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