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Adquirir generadoras, entre lo que contempla nueva Ley de Energía

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Tegucigalpa – El gobierno de la presidenta Xiomara Castro, turnó en las últimas horas, el proyecto de la nueva Ley de Energía al Congreso Nacional, donde se estima el “comprar” las empresas generadoras de energía, si estas no acceden a reducir el precio del kilovatio hora que venden a la ENEE.

El pasado sábado en horas de la madrugada, el Consejo de Ministros, adoptó algunas normativas sobre fideicomisos y un PCM sobre la Ley de Energía Eléctrica que incluye algunas modificaciones del sector marco.

El mismo fue enviado al Congreso Nacional, conteniendo nuevas regulaciones y una modificación a la ley marco que entró en vigencia en 2014.

Uno de los primeros artículos de la ley, establece que, el Estado de Honduras declara el servicio de la energía eléctrica como un bien público de seguridad nacional y un derecho humano de naturaleza económica y social.

Asimismo, el Estado de Honduras declara en emergencia nacional el subsector eléctrico que comprende las estructuras de la Comisión Reguladora de Energía (CREE), el ente responsable del despacho (ODS/CND), las actividades de generación, transmisión, distribución y comercialización de electricidad en el territorio nacional; la importación y exportación de energía eléctrica en forma complementaria; la operación del sistema eléctrico nacional, incluyendo su relación con los sistemas eléctricos de los países vecinos, así como el sistema eléctrico y el mercado eléctrico regional centroamericano.

Autoriza al Poder Ejecutivo y la Junta Directiva de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), para la implementación de un Plan de Emergencia para la recuperación del subsector y el rescate de la empresa pública.

El Estado de Honduras asume la obligación de garantizar la prestación del servicio de energía eléctrica a toda la población urbana y rural, y ejercerá el control a través de la ENEE como empresa pública responsable de la generación, transmisión, distribución y comercialización, para lo cual debe seleccionar la modalidad de administración y contratación que más convenga al Estado. La CREE operará como ente regulador.

Se garantiza la continuidad de la inversión del sector privado en las áreas de generación, transmisión y distribución, la que no podrá exceder en cada una de las áreas, a lo invertido por el Estado y la empresa pública. Gradualmente el Estado generará condiciones para la inversión del sector privado.

Uno de los temas torales, es que el proyecto establece que, en cuanto a las renovables, el gobierno quiere que la ENEE renegocie los contratos de energía generados por fuente eólica y solar tomando como referencia los precios de Centroamérica, Caribe y Latinoamérica.

En caso que no sea posible renegociarlos “se autoriza plantear la terminación de la relación contractual y la adquisición por parte del Estado previo el justiprecio”, según el proyecto ley.

El proyecto de ley autoriza a la ENEE para que con base en las cláusulas que corresponden a la liquidación, al derecho preferente de compra y por razones de interés público “pueda adquirir las plantas fijando un justiprecio, por razones de seguridad nacional, mediante bonos del Estado”.

Se crea la Comisión Nacional de Auditoría integrada por un delegado de cada una de las siguientes instituciones: Secretaría de Finanzas, Secretaría de Desarrollo Económico, Secretaría de Transparencia y Anticorrupción, Servicio de Administración de Rentas, Aduanas y Comisión Nacional de Bancos y Seguros.

La comisión creada tiene la atribución de realizar una auditoría integral a los estados financieros de las empresas de generación de energía, desde el inicio de sus operaciones en plantas de tipo térmico, solar, eólica e hidroeléctrica, para cuantificar los costos financieros, costos fijos de operación y mantenimiento, costos variables de combustible, costos variables de operación y mantenimiento, y su rentabilidad, así como cualquier otro costo o beneficio aplicable con que operan las plantas; y el cumplimiento de los contratos de operación y la normativa legal.

La auditoría integral debe extenderse a evaluar los beneficios fiscales de exoneración de Impuesto Sobre la Renta (ISR) y conexos, impuestos aduaneros, impuestos sobre ventas, impuesto a los combustibles denominado: Aporte para la Atención a Programas Sociales y Conservación del Patrimonio Vial (ACPV), otorgados a las empresas generadoras de energía eléctrica a través de leyes especiales y de los contratos de suministro de energía eléctrica.

Para el cumplimiento de su atribución la comisión deberá contratar de forma directa y en carácter de emergencia, empresas auditoras y técnicos especialistas. La ENEE y la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) tienen la obligación de proporcionar de forma inmediata la información y asistencia solicitada.

El plazo para la realización de la auditoría será de 60 días calendario contados a partir de la integración e instalación de la comisión que deberá emitir su propia regulación. Asimismo, la comisión debe rendir un informe público a la nación, estableciendo las medidas y acciones a ejecutar.

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