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El Barça se acerca al banquillo de los acusados por el caso Negreira

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El delito de cohecho, que el juez también imputa a Bartomeu y Rosell, contempla sanciones del doble al quíntuple de beneficio obtenido por los sobornos.

Por Infobae

Las novedades en el caso Negreira han vuelto a causar un terremoto en Can Barça. El juez de Barcelona Joaquín Aguirre imputó al FC Barcelona por un delito de cohecho, el mismo que le atribuye al exvicepresidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA), José María Enríquez Negreira, su hijo, y los expresidentes culés Josep María Bartomeu y Sandro Rosell. Esto aproxima al club blaugrana al banquillo de los acusados y abre la puerta a que el hipotético juicio se celebre por el tribunal del jurado, es decir, con la deliberación de un grupo de ciudadanos seleccionados al azar y ajenos al procedimiento.

El denominado caso Negreira se propulsó este jueves después de que el juez titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Barcelona emitiese un auto en el que modificaba el delito de corrupción deportiva que inicialmente atribuía al Barça por el de cohecho, un delito de mayor entidad. Al tiempo que salía a la luz la noticia, la Guardia Civil se desplegaba en las instalaciones de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), en Las Rozas (Madrid), para realizar un registro en la sede del Comité Técnico de Árbitros, del que Enríquez Negreira fue su vicepresidente entre los años 2000 y 2018, en busca de documentación de interés para el caso.

En el auto del juez Joaquín Aguirre destacaba su argumentación para considerar a Negreira un cargo público, requisito para imputar al Barça —y a los dos expresidentes— por un delito de cohecho. El magistrado señalaba que el vicepresidente del CTA “participaba del ejercicio de funciones públicas, por lo que debía “ser imparcial y tener un trato equitativo con todos los equipos”.

“Resulta incompatible con el ejercicio natural de su cargo que perciba una abultada remuneración anual sin contrato que sirva de soporte para realizar una función de seguimiento de los árbitros que dirigían al FC Barcelona y que se encontraban bajo la órbita” de Negreira, apunta el magistrado.

Sanciones económicas millonarias

El delito de cohecho, según el Código Penal, castiga a aquel que “solicite, acepte u ofrezca dinero, regalos o favores a cambio de un acto relacionado con el ejercicio de la función pública”. Esta definición libraría al juez de tener que demostrar que existieron resultados deportivos en los que el Barça se vio beneficiado por el pago total de unos 7 millones de euros a Negreira.

El FC Barcelona, como persona jurídica, se enfrentaría a sanciones económicas en caso de ser condenado por el delito de cohecho. El Código Penal recoge las siguientes opciones:

  • Multa de dos a cinco años, o del triple al quíntuple del beneficio obtenido cuando la cantidad resultante fuese más elevada, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de prisión de más de cinco años.
  • Multa de uno a tres años, o del doble al cuádruple del beneficio obtenido cuando la cantidad resultante fuese más elevada, si el delito cometido por la persona física tiene prevista una pena de más de dos años de privación de libertad no incluida en el anterior inciso.
  • Multa de seis meses a dos años, o del doble al triple del beneficio obtenido si la cantidad resultante fuese más elevada, en el resto de los casos.

El jurado popular

Otra de las particularidades del delito de cohecho es que es uno de los que contempla la ley del jurado. De llegar a juicio, sería un grupo de ciudadanos sin interés en el procedimiento quien, tras la celebración de la vista oral, declararían culpable o no culpable a cada uno de los acusados por los delitos que los llevaron al banquillo. Las nuevas personas que acaban conformando el jurado emitirían su veredicto, sobre el que el tribunal tendría que dictar su sentencia final.

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