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Tegucigalpa

Poder Judicial aprueba segunda ampliación de suspensión de labores

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Tegucigalpa. – El Poder Judicial de Honduras aprobó este domingo una segunda ampliación de suspensión de labores debido a la pandemia de coronavirus, desde el lunes 30 al domingo 5 de abril, luego de que se ampliará el toque de queda absoluto por parte del gobierno a través del Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (Sinager).

A través de un comunicado emitido por ese poder del Estado, se establece que, “la suspensión de labores se da para restringir el trabajo presencial a lo mínimo indispensable, no implicando un asueto o el goce de vacaciones”.

Lo anterior significa que magistrados, jueces, directores y demás servidores judiciales de las áreas jurisdiccional, técnica y administrativa, “deberán realizar cuanta actividad laboral les sea posible, que legalmente sea permitido, en y desde sus respectivas viviendas, tales como avanzar en la redacción de actas, providencias, autos y sentencias”.

De igual manera el texto aclara que esos días se declararan “inhábiles para efectos de actuaciones y plazos procesales, quedando en suspenso estos últimos desde las 00:00 horas del lunes 30 de marzo hasta las 23:59 del domingo 5 de abril de 2020, para luego dar paso a la Semana Santa del lunes 6 al domingo 12 de abril, tiempo que también está siendo abarcado por el toque de queda absoluto, reanudándose los plazos procesales de las 00:00 del lunes 13 de abril”.

No obstante, se mantienen los turnos en los juzgados de letras que conocen la materia penal, niñez, adolescencia y familia, la defensa pública y supervisión general del Poder Judicial.

También deberán turnar los juzgados de ejecución, miembros de seguridad y vigilancia, así como el personal técnico y administrativo estrictamente necesario.

En tanto, en los juzgados de ejecución solo turnara el personal requerido en asuntos urgentes relacionadas con cumplimiento, extinción de la pena, preliberación o libertad condicional.

Sin embargo, el comunicado agrega que se prohíben los turnos para los adultos mayores de 60 años, embarazadas, personas con depresión inmunológica de cualquier origen, que padezcan diabetes, insuficiencia renal, hipertensas o con patologías cardiovasculares, patologías oncológicas, respiratorias crónicas o con infecciones.

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