23.4 C
Tegucigalpa

Reformas a la Ley de Armas disminuyen sanciones por infracciones

Lo más reciente

Tegucigalpa. – El decreto que contiene el paquete de reformas a la Ley para el Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados fue divulgado en las últimas horas en el diario oficial La Gaceta.

La reducción de multas por infracciones graves o muy graves es una de las novedades más significativas.

De acuerdo con el texto original, que se encontró en el Decreto Legislativo 101-2018, una persona natural estaba obligada a pagar una multa que oscilaba entre 10 veces el salario mínimo mensual más alto según el grado de la infracción.

Precisó que la multa debe ser de entre 10 y 50 salarios mínimos mensuales, que es el monto más alto, en el caso de personas jurídicas.

Ahora, una persona jurídica solo estará obligada a pagar entre el 33 por ciento y el 100 por ciento del salario mínimo íntegro, mientras que una persona natural solo estará obligada a pagar entre el 25 y el 50 por ciento del salario mínimo vigente.

Usar un arma para cometer un delito, obstruir a los agentes del orden público, tener un arma en su posesión para ayudar a traficar drogas y disparar al aire son considerados delitos muy graves.

Los 12 artículos de la ley que abarcan las reformas, que fueron aprobadas el 14 de diciembre de 2022, son: 22, 24, 33, 64, 79, 84, 95, 101, 102, 103, 114 y 119. Legislativo El Decreto 146-2022 establece que entraron en vigencia el 3 de diciembre de 2023.

A quien solicite una licencia para portar o poseer un arma no se le exigirá la presentación de un certificado de residencia, o un documento que acredite su lugar de residencia durante los últimos seis meses, entre otras reformas más significativas.

Las reformas también niegan a los diputados del Congreso Nacional, a los secretarios de Estado, a los consejeros o magistrados de los órganos constitucionales, a los presidentes de los tres poderes del Estado, y a los magistrados de la Corte Suprema de Justicia la posibilidad de obtener una licencia portar armas de fuego especiales.

Únicamente podrán seguir ejerciendo este derecho los miembros activos de la Policía Nacional, las Fuerzas Armadas y los fiscales del Ministerio Público. Tienen que pedirle al Secretario de Seguridad esta autorización.

Los cambios también exigen que el Ministerio de Salud ahora supervise las pruebas toxicológicas y psicométricas, mientras que el Ministerio de Seguridad lo había hecho anteriormente.

También se ha aumentado de cuatro a cinco años la vigencia de la licencia para portar un arma de fuego, y es prorrogable “siempre y cuando se cumpla con los requisitos indicados en la ley”.

Además, acortaron la vigencia de la licencia de experto en explosivos de cuatro a dos años.

Se añaden ocho nuevos párrafos al artículo 95, que también se modifica en este sentido. Estos nuevos párrafos rigen las instalaciones de entrenamiento, el almacenamiento seguro y el uso de armas de fuego, los campos de tiro, las actividades de caza organizadas y los talleres de reparación de armas.

Al inicio de la primera legislatura para los años 2022-2026, el diputado del Partido Liberal, Yuri Sabas, presentó la propuesta de cambios a la Ley para el Control de Armas de Fuego, Municiones, Explosivos y Materiales Relacionados.

Las reformas fueron aprobadas por la Cámara Legislativa el 14 de diciembre de 2022, luego de que la Comisión de Seguridad del Congreso Nacional, que encabezaba el diputado por Libertad y Refundación (Libre), Rafael Sarmiento, trabajara en el dictamen.

spot_img

spot_img
Dale play a Retro Radio

Destacados

Sala II declara culpables a tres personas por asesinato del hijo del expresidente Porfirio Lobo y otros tres jóvenes

La Sala II del Tribunal de Sentencia declaró este jueves culpables a tres personas por el asesinato de cuatro jóvenes, incluyendo al hijo del expresidente Porfirio Lobo Sosa (2010-2014).

Noticias relacionados