Tegucigalpa. – El Congreso Nacional aprobó este jueves la reforma constitucional del artículo 67 de la carta magna que impide legalizar el aborto en Honduras.
En ese sentido, el diputado proyectista Mario Alonso Pérez, presentó la moción para la dispensa de dos debates, por lo que la reforma fue aprobada en un único debate.
El proyecto establece que se considera prohibida e ilegal la práctica de cualquier forma de interrupción de la vida del que está por nacer.
Pérez presentó la reforma basándose en el principio fundamental del respeto a la vida y en vista que el Estado es signatario de la Convención Americana de los Derechos Humanos (CADH), donde toda persona tiene derecho a que se respete su vida.
Con la reforma al artículo 67 de la Constitución de la República, este que da de la siguiente forma:
“Al que está por nacer se le considerará nacido para todo lo que le favorezca dentro de los límites establecidos por la ley.
Se considera prohibida e ilegal la práctica de cualquier forma de interrupción de la vida del que está por nacer, a quien debe respetarse la vida en todo momento. Serán nulas e inválidas las disposiciones legales que establezcan lo contrario.
Lo dispuesto en el presente artículo sólo podrá reformarse por una mayoría de tres cuartas partes de los miembros del Pleno del Congreso Nacional.
Sus disposiciones no perderán vigencia o dejarán de cumplirse cuando sea supuestamente derogado o modificado por otro precepto constitucional.
En caso de aprobarse una nueva Constitución sus disposiciones serán incorporadas a la misma, salvo que por unanimidad de la Asamblea Constituyente se establezca lo contrario.