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El Instituto Nacional de Migración niega retención ilegal de Thelma Aldana

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Tegucigalpa – El Instituto Nacional de Migración (INM), en referencia a las declaraciones vertidas por la ciudadana Thelma Esperanza Aldana Hernández, en su cuenta de Facebook Live, al pueblo hondureño y a la comunidad Internacional aclara lo siguiente:

  1. El Instituto Nacional de Migración es un ente desconcentrado de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, encargado de regular la política migratoria del Estado, la entrada o salida de personas nacionales y extranjeras, la permanencia de esta última en el territorio hondureño y la emisión de los documentos migratorios.
  2. Que el Instituto Nacional de Migración, cuenta con Sistema de Control Biométrico Migratorio que registra los ingresos y salidas del país, y que esta enlazado a otros sistemas de seguridad.
  3. Que las áreas de registro migratorio de entradas y salidas del Aeropuerto Toncontin son áreas estériles de acceso restringido donde solo ingresa personal autorizado, previo registros exhaustivos, identificaciones y controles rigurosos, cumpliendo con protocolos de la División de Seguridad Aeroportuaria (DSA), por lo que el personal que entrevistó a la ciudadana Thelma Esperanza Aldana Hernández es personal debidamente acreditado. Igualmente, este aeropuerto cuenta con áreas físicas para entrevistas migratorias, debidamente equipadas, climatizadas, rotuladas donde la ciudadana estuvo cómoda y segura durante el desarrollo de su entrevista migratoria.
  4. Que de acuerdo a su mandato el personal del Instituto Nacional de Migración es un órgano técnico administrativo cuyo personal que labora a nivel nacional en puntos aeroportuarios, terrestres y marítimos a nivel nacional no portan armas de ningún tipo.
  5. Que los documentos de viaje son requeridos a todo pasajero que ingresa o sale del país para efectos de la toma de datos biográficos, datos del vuelo, motivo del viaje, dirección prevista entre otros que el oficial migratorio considere necesario, en el marco de la Ley, y devueltos al pasajero una vez terminado su proceso migratorio.
  6. Que del contenido de la primera y segunda entrevista, existe inconsistencia en la información brindada por la ciudadana Thelma Esperanza Hernández, así como de sus acompañantes en relación al motivo de su visita.
  7. El Instituto Nacional de Migración se reserva el derecho de hacer público la información de los registros migratorios de los ciudadanos que ingresan y salen del país, entrevistas y demás documentos en caso estrictamente necesarios.

Gerencia de Comunicación e Imagen

Tegucigalpa M.D.C 12 de Abril del 2019

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